Estoy vendiendo un piso y el comprador va a formalizar su hipoteca con Kutxa Bank. Como en la nota simple del registro se indica que la inscripción esta pendiente del transcurso del plazo de 2 años que marca el artículo 28 de la Ley Hipotecaria, para que le concedan el préstamo al comprador, he de pignorar parte del precio de venta en un producto financiero de KUTXA BANK hasta marzo del 2013. ¿Que me recomendais?
2 respuestas
Última respuesta
Respuestas
#2
El transcurso del plazo de 2 años que marca el artículo 28 de la Ley Hipotecaria se refiere a las inscripciones de bienes inmuebles a favor de herederos NO forzosos que se denomina SUSPENSIÓN DE LA FE PÚBLICA REGISTRAL vigente desde 1.946:
Artículo 28.
“Las inscripciones de fincas o derechos reales adquiridos por herencia o legado, no surtirán efecto en cuanto a tercero hasta transcurridos dos años desde la fecha de la muerte del causante. Exceptúanse las inscripciones por título de herencia testada o intestada, mejora o legado a favor de herederos forzosos.”
Otros temas del foro
Responder