Hola,
Los intereses que generas con una cuenta remunerada o de ahorro se consideran rendimientos del capital mobiliario y tributan en el IRPF.
Normalmente, el banco practica una retención automática, así que no suele haber que hacer ningún trámite adicional más allá de reflejarlo correctamente en la declaración si corresponde. Los tipos aplicables son:
- 19 % para los primeros 6.000 € de intereses
- 21 % entre 6.000 € y 50.000 €
- 23 % entre 50.000 € y 200.000 €
- 30 % si se superan los 300.000 €
Además, si el banco ofrece un regalo o un incentivo por domiciliar la nómina, ya sea en dinero o en especie, también se considera rendimiento y tributa.
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