¿Cómo cerrar una cuenta bancaria?
¿Cuentas bancarias olvidadas? ¿Cambiaste de banco y olvidaste cerrar tu cuenta bancaria? Desde HelpMyCash aconsejamos cancelar las cuentas que no uses. Te explicamos cómo cerrar cuentas bancarias inactivas y evitar problemas y gastos innecesarios.
¿Cómo cancelar una cuenta bancaria paso a paso?
No es una buena idea mantener una cuenta bancaria abierta si no la utilizas, ya que el banco podría cobrarte comisiones por su mantenimiento. Por lo tanto, si tienes una cuenta bancaria olvidada, es momento de cerrarla. El proceso es sencillo y no requiere aviso previo al banco.
También puedes querer cerrarla porque:
- Ya no te conviene
- Te has cambiado de país
- Quieres aprovechar la promoción de otro banco
Los motivos para cancelar una cuenta pueden ser diversos; sin importar cuál sea el motivo, lo importante es que la canceles y no la dejes olvidada.
Si en algún momento dejas de usar una cuenta, te recomendamos que la cierres en lugar de abandonarla. Piensa que, aunque haga meses o años que no usas una cuenta, el banco tiene derecho a seguir cobrando las comisiones de mantenimiento que estén establecidas en el contrato.
¿Cuánto tarda el banco en cerrar una cuenta bancaria?
Tu banco tiene que cancelar tu cuenta en un plazo máximo de 24 horas desde que recibe tu solicitud.
¿Cuánto cuesta cancelar la cuenta?
Cerrar una cuenta bancaria es gratis, así que tu banco no te puede cobrar nada por cancelarla. Solo hay una excepción a esta norma: si hace menos de seis meses que abriste la cuenta.
Esto es lo que dice el Banco de España al respecto: La resolución de un contrato marco será gratuita para el usuario de servicios de pago siempre que el contrato haya estado en vigor durante al menos seis meses. En caso contrario, cualquier comisión o gasto aplicable por la resolución del contrato será adecuado y acorde con los costes.
Pero una cosa son los gastos por cancelar una cuenta y otra los gastos periódicos que tenga la cuenta. Si pagas una comisión de mantenimiento, digamos, trimestral, cuando vayas a cancelar tu cuenta tendrás que pagar la parte proporcional hasta esa fecha.
Por ejemplo, cada trimestre pagas 30 euros y cancelas tu cuenta, cuando faltan dos meses para la próxima liquidación, tendrías que pagar 10 euros. Por el contrario, si las comisiones las pagas por anticipado, el banco te tendrá que devolver la parte proporcional. Volviendo al ejemplo anterior, te tendría que devolver 20 euros.
Debes tener especial cuidado con los compromisos de permanencia. Si al abrir la cuenta aceptas un regalo, por lo general, este suele estar sujeto a una permanencia de uno o más años. Si no cumples con el tiempo estipulado, pagarás una penalización.
¿Es necesario cancelar la cuenta en la misma sucursal donde se abrió?
Aunque la norma no especifica un procedimiento concreto ni exige hacerlo exclusivamente en una sucursal específica, es común que los clientes se dirijan a las oficinas más cercanas para solicitar la cancelación y se encuentren con que los remiten a la sucursal de apertura.
El Banco de España enfatiza que las entidades deben resolver las solicitudes de los clientes, sobre todo cuando se trata de finalizar la relación contractual, evitando así posibles obligaciones económicas. Por lo tanto, considera una mala práctica no permitir la cancelación a distancia, salvo que el contrato especifique lo contrario (aunque esta cláusula rara vez se encuentra).
¿Se puede cancelar una cuenta por Internet?
Aunque cada vez hay más bancos que te dejan cerrar una cuenta a distancia (los bancos online permiten cerrar una cuenta a distancia), la realidad es que muchos te van a obligar a acudir a tu oficina para cancelar tu cuenta y no te van a dejar cerrarla por Internet o por teléfono.
Muchos consumidores se quejan de esta situación. Se tarda solo 10 minutos en abrir una cuenta, pero, para cerrarla, hay que perder varias horas acudiendo a una oficina. La Unión Europea quiere poner fin a esto. Por eso, va a obligar a todas las entidades a incluir un botón dentro de su banca online para que sus clientes puedan cancelar los productos que hayan contratado por Internet, como, por ejemplo, las cuentas. Eso sí, la aplicación de esta normativa no será obligatoria hasta mediados de 2026.
¿Qué documentos son necesarios para cancelar la cuenta?
Si acudes a una oficina a cancelar tu cuenta, necesitas llevar tu DNI o tu NIE para que el personal pueda identificarte. Además, el banco te pedirá que le entregues tus tarjetas, tu libreta y tu talonario de cheques si tienes.
Pasos para cerrar una cuenta bancaria
1. Busca (si quieres) una cuenta nueva
Si ya tienes abierta otra cuenta corriente, quizá no necesites abrir una nueva, pero si la cuenta que vas a cerrar es la única que tienes, vas a necesitar otra. Hoy en día, vivir sin una cuenta corriente es muy complicado. La necesitas para cobrar tu nómina, pagar tus recibos, comprar por Internet... Así que antes de cerrar tu cuenta necesitarás abrir una nueva a menos que ya tengas una sustituta.
Si necesitas una nueva cuenta para tu día a día, elige una que tenga las siguientes ventajas:
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2. Traslada tus recibos y suscripciones
Una vez tengas tu nueva cuenta contratada y activa, tienes que cambiar la domiciliación de tus recibos. No olvides ninguno de tus recibos (luz, gas, agua, Internet, seguros, gimnasio...). Te recomendamos que revises el extracto de tu cuenta para asegurarte de que no te dejas ninguno.
Es muy fácil. Solo tienes que ponerte en contacto con los distintos emisores y facilitarles el código IBAN de la cuenta corriente en la que quieres que te cobren los recibos a partir de ahora. Puedes hacerlo por teléfono o, en algunos casos, por la web de la empresa. También puedes pedirle a tu nuevo banco que se encargue de hacerlo por ti.
Por otro lado, no olvides cambiar el pago de todas tus suscripciones (Netflix, Amazon Prime Video, HBO...). Lo más probable es que puedas gestionar el cambio por la web de cada compañía. Asegúrate de tener a mano la nueva tarjeta con la que quieres abonar tus suscripciones.
Asimismo, si tienes transferencias programadas, configúralas en tu nuevo banco.

3. Cambia tu nómina de banco
Pídele a tu empresa que te ingrese la nómina en tu cuenta nueva. Solo tienes que decirle a tu jefe o al departamento de recursos humanos de tu empresa el nuevo IBAN. Puede que, en algunos casos, te pidan un certificado de titularidad de la cuenta. Este documento puedes descargarlo por la web del banco o solicitarlo en una oficina.
Y si cobras una pensión o una prestación, informa a la Administración de tu nuevo número de cuenta.
4. Comprueba que no tienes ningún movimiento pendiente
No vas a poder cancelar tu cuenta si tienes algún movimiento pendiente de ejecución. Por ejemplo, si tienes una tarjeta de crédito y aún no has pagado el último recibo, no vas a poder cancelar tu cuenta hasta que hayas liquidado tu deuda. Comprueba, también, que no hayas emitido ningún cheque pendiente de cobro que se tenga que abonar con el dinero de esa cuenta o que no tengas ningún pago programado, por ejemplo una suscripción o un recibo que aún no se ha cambiado a la nueva cuenta.

5. Retira todo tu dinero
Después de mover los recibos y los ingresos y de asegurarte de que todo el traslado se ha efectuado correctamente, podrás dejar a cero la cuenta que te interesa cancelar. Lo más sencillo es realizar una transferencia, aunque también puedes retirar el dinero en efectivo e ingresarlo más tarde en la otra cuenta. Si eliges esta última opción (la menos recomendable), ten en cuenta que deberás comprobar antes los límites del cajero.
6. Solicita la cancelación de la cuenta
Si tu banco es digital, puedes cancelar tu cuenta por Internet o por teléfono, pero si es un banco de toda la vida, lo más probable es que tengas que ir a una oficina. Seguramente, tengas que pedir cita previa, así que te recomendamos que lo hagas para no hacer un viaje en balde.
Bancos como BBVA, ING o EVO Banco permiten cerrar cuentas a través de Internet o desde la app, sin embargo, otros como Banco Santander, CaixaBank o Banco Sabadell exigen que el cliente se acerque a la oficina para este trámite. Si por algún motivo no puedes acercarte hasta la oficina en la que abriste tu cuenta, nosotros te recomendamos que envíes un correo electrónico explicando tu caso a atención al cliente. Algunas entidades ofrecen alternativas a los usuarios para facilitarles el proceso.
Por cierto, si acudes a una oficina a cancelar tu cuenta, recuerda llevar todos los medios de pago asociados para que puedan destruirlos (tarjetas, talonarios de cheques, libretas...).
¡Muy importante! No te vayas del banco sin pedir un certificado de cancelación. Te servirá para demostrar más adelante que el producto está 100% cerrado y te ahorrará problemas con el banco. Si has cerrado la cuenta a distancia, solicita que te envíen el certificado por e-mail. Hay casos de personas que habiendo solicitado la cancelación, varios años después se han encontrado que la cuenta seguia abierta y que, encima, debían dinero y al no tener este documento, no han podido demostrar que la habian cerrdo.
¿Puedes cerrar una cuenta vinculada a una hipoteca?
Tu banco se puede negar a cancelarte una cuenta si existe algún producto vinculado. Algunas entidades obligan a sus clientes a tener una cuenta corriente abierta mientras tengan un préstamo personal, una hipoteca o un depósito en vigor. Si el contrato del préstamo o del depósito recoge esta obligación, tu banco se puede negar a cancelarte la cuenta hasta que estos productos venzan.
¿Tu banco te puede cancelar la cuenta si tú no quieres?
Lo cierto es que sí. Al igual que tú puedes cancelar una cuenta cuando quieras, tu banco puede echarte en cualquier momento. La normativa actual establece que un banco tiene la potestad de cerrar una cuenta bancaria si así se estipula en el contrato de la cuenta y si ha avisado con un mínimo de dos meses de antelación.
¿Qué motivos podrían llevar a un banco a cerrar una cuenta bancaria?
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Inactividad por 20 años o más. Si una cuenta no presenta ni un solo movimiento en un período de 20 años, el banco puede cerrar esa cuenta y el saldo pasará a manos del Estado.
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En caso de que una entidad no pudiera llevar a cabo las medidas preventivas exigidas por la normativa de prevención de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, podría llegar a cancelar la cuenta, aunque lo habitual en estos casos es que la cuenta bancaria sea bloqueada hasta que no se aporte la documentación requerida por el banco.
En cualquier caso, el banco no tiene por qué explicarte por qué ha cancelado la cuenta.
Dejar una cuenta sin saldo no es lo mismo que cerrarla
Es importante que recuerdes que abandonar una cuenta sin saldo y estar años sin usarla no es lo mismo que cerrarla. Mientras tu cuenta esté activa, el banco podrá seguir cobrando las comisiones de mantenimiento que haya establecidas en el contrato. Además, si abandonas por completo tu cuenta, es probale que ya no cumplas los requisitos que te exija el banco para no pagar comisiones, por lo que es todavía más probable que tengas que pagar. Si no tienes dinero en la cuenta, lo más probable es que en algún momento te reclame el dinero o que cuando vayas a cerrarla, al cabo de unos años, tengas que pagar todas las comisiones atrasadas.
Por otra parte, puede ser que durante el tiempo que no uses tu cuenta, el banco cambie las condiciones de la cuenta y no te enteres, lo que podría acabar repercutiendo en tu bolsillo.
A pesar de no ser usada, el banco puede cobrar las comisiones de mantenimiento, si bien también tiene que seguir cumpliendo con la obligación de enviar la información periódica y de las liquidaciones como extractos mensuales, justificantes de cada liquidación y el resumen anual de comisiones e intereses, informando de las cantidades debidas.
Preguntas frecuentes sobre cancelar cuentas
En primer lugar, tendrás que entregar al banco el certificado de defunción. Este documento se solicita en el Registro Civil de manera presencial, por Internet o por correo. Luego, sigue estos pasos:
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Presentar el certificado de actos de última voluntad que atestiguará si el fallecido realizó testamento. Una vez tengas el documento, podrás solicitar una copia del testamento en caso de que exista.
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Si el fallecido no hizo testamento, tendrás que tramitar una declaración de herederos abintestato para determinar quién tiene derecho a la herencia.
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Una vez tengas todos estos documentos, necesitarás el justificante de adjudicación de los bienes o de la herencia. Este se tendrá que formalizar ante notario y deberán participar todos los herederos.
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Por último, tendrás que acreditar ante la entidad bancaria que has pagado el impuesto de sucesiones
Aunque estos son los principales documentos por aportar, puede que la entidad te solicite aún más documentación para poder cancelar la cuenta bancaria de un fallecido.
Para cancelar una cuenta conjunta, todos los titulares tienen que estar de acuerdo y firmar el documento de cancelación. Al tratarse de una cuenta con varios titulares, la cuenta no puede cerrarse si uno de ellos no quiere. Es posible que el banco os pida que todos los titulares vayáis a la vez a la oficina con vuestro DNI para cancelar la cuenta.
El modo de cancelación dependerá del tipo de cuenta y de sus características:
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Si es una cuenta online, probablemente exista la posibilidad de cerrarla por Internet o desde la app del banco
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Si se trata de una cuenta bancaria tradicional, será necesario acudir a una oficina y será obligatoria la presencia de todos los titulares
Si uno de los titulares no puede asistir al cierre de la cuenta, podéis pedirle al banco que cada uno vaya a una hora distinta.
Puedes consultarlo directamente en tu entidad bancaria. Hay entidades que te ofrecen esta información a través de su banca digital, por lo que puedes ver qué productos tienen contratos activos y cuáles están cancelados definitivamente.
El banco mantendrá tu cuenta abierta durante un tiempo, por lo que te puede costar cientos de euros al año. Si no quieres acumular comisiones en la cuenta que tienes inactiva, lo mejor será cerrarla definitivamente.
Por otro lado, si la cuenta queda como "abandonada" durante 20 años consecutivos, el saldo que se encuentre en ella pasará a ser propiedad del Estado. Tres meses antes de que se cumplan los 20 años, el banco se pondría en contacto con el titular de la cuenta y, si no hay respuesta, el siguiente paso es la publicación en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido ese plazo, la cuenta pasará a ser titularidad del Estado.