Preguntas y respuestas sobre gastos e impuestos en una novación hipotecaria
En este apartado encontrarás preguntas y respuestas reales de la comunidad sobre los gastos que puede implicar una novación hipotecaria: cuándo pide el banco tasación, qué se cobra por notaría, registro o gestoría y en qué casos se genera el IAJD. Sirve si estás revisando una oferta del banco, comparando alternativas o si te han pasado un cargo que no esperabas. La síntesis reúne más de 25 preguntas y respuestas reales de la comunidad.
Te resumimos lo esencial
La respuesta corta: en una novación se te cobrarán solo los conceptos que procedan según lo que cambies y lo que figure en tu escritura. La comisión por novación solo es exigible si está prevista en la escritura. La tasación suele pedirse cuando hay ampliación de capital o cuando el banco rehace la valoración de riesgos. El IAJD aparece normalmente cuando hay aumento de responsabilidad hipotecaria y se calcula sobre esa responsabilidad, no sobre todo el préstamo ya pagado. Según la normativa comentada en los hilos, la Ley 5/2019 atribuye al prestamista la carga de los aranceles notariales, la inscripción en el registro y la gestoría en supuestos aplicables de novación, pero en la práctica hay reclamaciones y discrepancias, de forma que muchos usuarios recomiendan consultar al notario.
Qué conviene revisar antes de firmar
- Revisa la escritura: si no aparece comisión por novación ni «comisión por modificación» no te la pueden cobrar. Pide al banco que te indiquen el nombre exacto del concepto si te lo reclaman.
- Comprueba si hay ampliación de capital: el IAJD se aplica sobre el capital añadido o sobre la responsabilidad hipotecaria de esa cantidad. Si no amplías capital, no suele generarse IAJD.
- Pide un desglose de la provisión de fondos y factura final: los conceptos habituales que aparecen en los hilos son notaría entre 0,2% y 0,5% del capital pendiente, registro aproximadamente la mitad del notario, gestoría entre 150 y 250 euros y tasación alrededor de 300 euros. Las comisiones por novación que se mencionan en el foro oscilan entre 0% y 0,5% o hasta el 1% en algunos casos cuando consta en la escritura.
- Antes de firmar consulta al notario: en varios casos el notario confirma qué gastos son legales y gratuitos su asesoramiento previo suele aclarar partidas indebidas.
- Si te cobran indebidamente, reclama primero al Servicio de Atención al Cliente del banco y, si no resuelven, traslada la reclamación al Banco de España o actúa según la documentación que te haya facilitado el notario.
Qué significa para ti: pide siempre el cuadro de amortización cuando la novación afecta a plazos o carencias, exige el desglose por escrito de la provisión de fondos y no firmes sin comprobar que la comisión que te piden aparece en la escritura o sin la confirmación del notario.
Experiencias destacadas de la comunidad
- Quiero acogerme a la moratoria del banco y me dicen que no hay gastos, pero me aparece una comisión de novación de 900 € y no me dan el cuadro de amortización; ¿tengo que pagarla?
- Voy a liberar a un codeudor y el banco me reclama más de 7.000 € en IAJD sin desglose; ¿tengo que pagar ese impuesto por la extinción de condominio?
- El banco me exige una comisión de novación del 0,25% que no aparece en la escritura; ¿me la pueden cobrar y qué puedo hacer?
