Gastos e impuestos al vender un piso: vendedor, comprador y casos especiales
En este apartado encontrarás las preguntas y respuestas más habituales sobre qué gastos e impuestos surgen al vender un piso: notaría, registro, plusvalía, IRPF, cancelación de hipoteca, derramas y certificados como el energético. Sirve para saber qué suele pagar el vendedor, qué asume el comprador y qué conviene dejar pactado antes de firmar.
Te resumimos lo esencial
Quien vende y quien compra no siempre asumen los mismos gastos; en la práctica muchos puntos se negocian, pero hay reglas que suelen repetirse. La provisión de fondos que haga el vendedor para sus trámites debe cubrir pagos como la cancelación registral de la hipoteca o impuestos pendientes y el sobrante corresponde al vendedor cuando se acrediten las facturas. Las derramas pendientes corresponden al propietario al que se exige el pago en el momento de su exigibilidad y deben comunicarse al comprador mediante el certificado de deudas de la comunidad. En cuanto a notaría y registro, la ley suele atribuir al vendedor los gastos del otorgamiento de la escritura y al comprador las copias y la inscripción, aunque es habitual pactar otra cosa en la negociación. Algunas cargas especiales como deudas de juntas de compensación pueden transferirse al nuevo titular según lo previsto en normativa aplicable, por lo que conviene negociar y revisar la documentación.
Qué conviene revisar y acordar antes de firmar
- Provisión de fondos y justificantes: pide las facturas o justificantes de los pagos que se hagan con la provisión para reclamar el sobrante si procede. Esto evita disputas con el comprador.
- Certificado de deudas de la comunidad: exige que figure cualquier derrama pendiente y registra en el contrato quién asumirá esos pagos.
- Responsabilidad sobre cargas: consulta y acuerda quién atiende cancelación de hipoteca y quién corre con los honorarios de gestoría o banco para esa gestión.
- Gastos notariales y registrales: conoce la regla general de reparto pero deja por escrito si el comprador asume notaría, registro o partes de ambos.
- Cargas urbanísticas o de juntas: si hay dudas sobre subrogación de deudas, negocia su tratamiento y, si procede, busca asesoramiento profesional.
Si quieres priorizar, lo que más suele bloquear una firma son las deudas no comunicadas y la falta de justificantes de los pagos hechos con la provisión de fondos. Asegúrate de dejar por escrito en las arras o en la escritura quién paga cada concepto para evitar reclamaciones posteriores.
