Comisión por descubierto en cuenta corriente
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Comisión por descubierto en cuenta corriente

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A. Portolés

El mayor peligro de quedar con la cuenta corriente en números rojos es la temida comisión por descubierto en cuenta corriente y los intereses de demora. Un retraso en la nómina, un gasto imprevisto o un simple despiste puede acabar saliéndonos muy caro. Pero, ¿qué comisiones exactas nos van a cobrar? Es cierto que no todos los bancos aplican las mismas comisiones por descubierto ni intereses de demora, pero suelen ser bastante similares y existe una media razonable calculada por el Banco de España.

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¿Cuáles son las comisiones por descubierto en cuenta?

Estas son las distintas comisiones por descubierto en cuenta que nos aplicarán:

  • Comisión de reclamación por posiciones deudoras. Es el importe que te cobran por avisarte de que tu cuenta ha quedado al descubierto. Según el Banco de España, su importe medio es de 32,65 euros (oscila entre 30,00€ y 36,50€)
  • Comisión de descubierto. Es un porcentaje que se aplica sobre el mayor importe negativo que ha habido en la cuenta en el periodo deudor. Tiene, además, un valor mínimo determinado por cada banco. En 2012, su valor medio ronda el 4,23% y su mínimo es de media de 13,52€

Un descubierto en cuenta, por tanto, cuesta de media un mínimo de 46,17 euros, cifra a la que habrá que sumar el interés de demora.

¿Cuál es el interés de demora por descubierto en cuenta?

Aparte de las comisiones, hay que tener en cuenta el impacto de los intereses de demora. Éstos responden al “préstamo” que nos ha hecho el banco mientras dura el descubierto. Cada banco establece en sus cuentas bancarias cuál será este interés, aunque según el Banco de España no puede superar en 2,5 veces el interés legal del dinero, que en 2012 está al 4%, con que el interés de demora por descubierto no podrá superar el 10% TAE (incluyendo, además, el coste de las comisiones).

Pero, en la práctica, esto no se cumple y el tipo de interés más común ronda el 29% TAE.

Coste de un descubierto en cuenta a la visa: ejemplo práctico

Vamos a calcular cuánto podría costar un descubierto en cifras reales. Por ejemplo, si dejamos de pagar 200 euros durante 10 días:

  • Comisión de reclamación por posiciones deudoras: 32,65€
  • Comisión de descubierto: 13,52€ (el mínimo)
  • Interés de demora (29% TAE): 19,3€
  • TOTAL: 65,47€

El coste de caer en un descubierto de 200€ durante 10 días representaría aproximadamente un coste de 65,47€. Es un desembolso considerable, pero veamos qué pasaría si la demora fuera de tan sólo 1 euro durante 1 día:

  • Comisión de reclamación por posiciones deudoras: 32,65€
  • Comisión de descubierto: 13,52€ (el mínimo)
  • Interés de demora (29% TAE): 0,16€
  • TOTAL: 46,18€

Como podemos comprobar, la diferencia entre un importe elevado durante un alto periodo y un diminuto descubierto durante un solo día no es tan importante, debido a la elevada comisión de reclamación y el mínimo de la comisión de descubierto.

Por tanto, dejar la cuenta en descubierto es algo muy peligroso. Hay que estar atentos para evitarlo y si prevemos que pueda suceder conviene plantearse otras soluciones como usar la tarjeta de crédito o incluso pedir un préstamo rápido, que según el importe salen más a cuenta que el descubierto.

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Categoría(s) del artículo:  Cuenta corrienteCuentas

Autor: A. Portolés

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Comentarios

  • vcp

    Los bancos: el cancer de nuestro pais.

    Responder
  • jaime

    Hola tengo una hipoteca con CAM y una cuenta que pago solamente el seguro de hogar, el seguro de amortización y la propia hipoteca. Me cobran una comisión de mantenimiento de la cuenta cada cuatro meses 8,75 aprox. ¿ Es legal esta comisión ?. Y en caso de no serla que puedo hacer para que me la quiten.

    Responder
    • HelpMyCash

      Hola, Jaime.

      Tienes razón en quejarte porque, tal y como sospechas, el banco no debería cobrarte ninguna comisión por una cuenta que mantienes únicamente por imposición suya. Te copio un texto que puedes encontrar en la web del Banco de España:

      «Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación de activo o pasivo

      El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito o para dar servicio a un préstamo hipotecario no corresponde a los clientes correr con los gastos de ninguna comisión por mantenimiento o administración.

      Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente tenga que pagar por cumplir una obligación -como la apertura de una cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que la propia entidad le impuso en interés propio, lo cual es claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios.»

      Ves a hablar con tu banco y exige que cumpla con los requisitos de las buenas prácticas bancarias o de lo contrario pondrás una reclamación por escrito, 1º al servicio de atención al cliente de la CAM y después al Banco de España. Te recomendamos la lectura de este artículo: https://www.helpmycash.com/blog/como-reclamar-a-un-banco-en-10-preguntas/

      Saludos y suerte!

      Responder

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