Comisión subrogación excesiva

Comisión subrogación excesiva

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H
Helper_808591542

Buenas,

Estoy pensando subrogar mi hipoteca a otro banco. Sin embargo mi actual entidad me dice que el importe de comisión es del 2% del capital pendiente lo cual me parece a todas luces un atraco.

me han dicho varias personas que esto está limitado por ley pero solo encuentro información de subrogación al pasar de hipoteca variable a fija pero nada relacionado con subrogar a otra entidad.

alguien me podría decir si cobrar ese 2% es legal?

 

12 respuestas
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Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, Helper_808591542. 

¿Cuándo firmaste tu hipoteca? La regulación de esta comisión ha ido variando, así que dependerá del año en el que contrataste el préstamo. Si nos respondes, trataremos de ayudarte. 

Un saludo.

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#2
H
Helper_808591542

La firmé en diciembre de 2012 (último año para poder desgravar la compra)

HelpMyCash
#3

Hola de nuevo. 

Gracias por aclararnos la duda. Cuando firmaste esa hipoteca, los bancos podían aplicar dos tipos de comisiones en caso de subrogación: 

  • Una comisión por subrogación del 0,5% sobre el capital pendiente, que se reduce hasta el 0,25% a partir del sexto año de vida de la hipoteca. 
  • Una comisión por riesgo de tipo de interés (sin límite regulado), que no puede superar la pérdida financiera generada a la entidad a causa de la subrogación. 

Es posible que la comisión que quiere cobrarte tu banco actual sea la de riesgo de tipo de interés y no la de subrogación. Nuestro consejo es que revises la escritura de tu hipoteca y leas detenidamente la cláusula dedicada a las comisiones. Ahí aparece qué comisiones te puede aplicar tu entidad y con qué límites, aunque estos no pueden superar los establecidos por la ley a los que nos hemos referido antes. 

Un saludo.

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#4
H
Helper_808591542

Acabo de revisar la escritura y pone claramente comisión de subrogación 2% con mínimo de 600 euros... es que si por ejemplo es de 150.000 se va a 3000 euros lo cual me parece un atraco, para variar. Y claro, no sabía si eso era legal.

 

HelpMyCash
#5

Hola de nuevo. 

La comisión por subrogación de acreedor no puede superar los límites que hemos comentado en la respuesta anterior. Ahora bien, es posible que esa comisión sea de subrogación de deudor, que se aplicaría si vendieras tu casa y el comprador pasara a ser el titular de tu hipoteca. Para aclararlo, nuestro consejo es que acudas a tu banco y se lo preguntes directamente. 

Un saludo. 

 

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#6
H
Helper_808591542

Acabo de leer la escritura de la hipoteca y hace referencia a otro tipo de comisión además, referente al riesgo por tipo de interés... por un 5% del capital restante. Que salvajada de verdad. Además por lo que leo suelen aplicarse a hipotecas a tipo fijo y no variable aunque la mía es variable. No es eso abusivo? Al final veo que me encuentro muy atado. 

HelpMyCash
#7

Hola de nuevo.

La comisión por riesgo de tipo de interés solo puede aplicarse si el período de revisión del interés de la hipoteca es superior a 12 meses. Si tu hipoteca es variable con revisión semestral o anual, no te la pueden cobrar aunque aparezca en el contrato. 

Un saludo.

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#8
H
Helper_808591542

Ah vale... aparece en el texto algo referente a esos 12 meses pero... es todo como muy ambiguo y no sabía que quería decir...

te agradezco mucho tu ayuda con mis dudas.

tengo una última consulta, tenemos 2 hipotecas, la segunda es de una plaza de garaje adicional. Sabes si es factible subrogarnos solo con una y mantener la otra? O habría algún impedimento legal como si hubiera una relación directa entre ambas?

gracias de nuevo 

HelpMyCash
#9

Hola de nuevo. 

¡De nada! Es un placer ayudarte. Sobre tu última consulta, en principio no habría problema para subrogar solo una de vuestras hipotecas, siempre que sean dos préstamos distintos y tengan cada uno su escritura. 

Quedamos a tu disposición para resolver cualquier otra duda. 

Un saludo. 

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#10
R
Rafa Alós ferrandis

Pregunta similar: Interés subrogación en escrituras vs Ley hipotecaria

Buenos días, 

Mi consulta va relacionada con una subrogación, voy a cambiar la hipoteca de Cajamar con interés variable a ING con interés mixto.

hipoteca firmada en noviembre de 2020

En la escrituras tengo firmado interés por subrogación de 1%,   según la nueva Ley hipotecaria del 2019 el interés es del 0,25 % si te cambias de banco en los tres primeros años. 

La consulta es: que tiene validez lo firmado en la escritura (interés del 1%) o el 0,25% que es que marca La Ley Hipotecaria del 2019? 

Muchas gracias de antemano.

Un saludo, 

A 1 persona le ha parecido útil
HelpMyCash
#11

citando a Rafa Alós ferrandis Pregunta similar: Interés subrogación en escrituras vs Ley hipotecaria Buenos días,  Mi consulta va r...

Hola, Rafa.

El precio de la comisión no puede superar los límites establecidos en la ley de 2019, que son los que comentas. Ahora bien, por lo que nos cuentas, es probable que esa comisión del 1% sea por subrogación de deudor. Es decir, que solo se cobraría si otra persona te sustituyera como deudor de la hipoteca.

Nuestro consejo, por lo tanto, es que busques si en la escritura se establece una comisión por subrogación de acreedor, que es la operación que pretendes llevar a cabo. Si no la encuentras, se te cobrará la comisión por reembolso o amortización anticipada que figure en la escritura, que tiene los mismos límites que la de subrogación de acreedor. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

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#12
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Rafa Alós ferrandis

Muchísimas gracias Miguel, 

Leyendo detenidamente, tienes razón el 1% hace referencia a la subrogación de deudor. 

saludos, 

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