EXTINCION DE CONDOMINIO: PASOS Y QUE GASTOS

EXTINCION DE CONDOMINIO: PASOS Y QUE GASTOS

EXTINCION DE CONDOMINIO: PASOS Y QUE GASTOS

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Pilareta

ME PUEDEN DECIR TODOS LOS PASOS Y QUE GASTOS ME VAN A PROVOCAR.
Me estoy divorciando, y el piso que era al 50% me lo quedo yo, esta valorado en 136500 eur. Vamos a firmar un convenio regulador con la custodia compartida y que el piso me lo quedo yo a cambio de entregarle 60.000 eur y quedarme con la hipoteca pendiente de 20.000 eur.
Quiero ir al banco para ver el préstamo. Voy a pedir una extinción de condominio y una subrrogación de la hipoteca.
Soy de la comunidad valenciana.
Pueden indicarme los pasos a seguir y los gastos que me van a provocar.

1 respuesta
Respuestas
HelpMyCash
#1

Hola, Pilareta.

En una extinción de condominio, lo que se suele hacer es tasar de nuevo la vivienda y que la parte que se la queda le pague al otro el 50% del valor actual menos la mitad de lo que quede pendiente de la hipoteca (en caso de que tanto la casa como la hipoteca sean al 50%). Si se acuerda otra cantidad, algo totalmente factible, lo único que debes tener en cuenta es que tributa por IRPF y habrá que declarar la ganancia o pérdida de patrimonio.

En cuanto a los costes de la extinción de condominio, hay que asumir los gastos de notaría y registro, los de gestoría y el IAJD. Las cantidades a pagar dependerán de varios factores, pero el notario te puede informar de todos los gastos que deberás asumir y, aunque son varias partidas, esta operación es más barata que una compraventa normal, ya que no hay que pagar el Impuesto por Transmisiones Patrimoniales ni plusvalía municipal.

Ten en cuenta que el banco no tiene nada que ver en la extinción de condominio, ya que esta operación solo tiene que ver con la propiedad de la vivienda, no con la hipoteca que recae sobre ella.

Sobre este segundo tema, tendrías que pedir al banco de hacer una novación para quitar a tu expareja como titular y quedarte tú sola (o con un nuevo titular). Esta operación conlleva gastos de notaría, gestoría y registro, pero no hay que pagar impuestos ni hacer una tasación (a menos que se amplie el capital). Ten en cuenta que el banco no está obligado a aceptar este cambio, por lo que tendrás que negociar para conseguirlo ya que, además, con una subrogación (que es cambiar la hipoteca de banco) no puedes cambiar los titulares del préstamo hipotecario.

Un saludo.

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