Novación Hipoteca bbva

Novación Hipoteca bbva

Responder
N
Noan

Hola buenas noches, tengo una hipoteca con bbva, he ido al banco para ver si podía negociar una bajada de cuota, solo me han dado ampliar 5 años la hipoteca y rebaja de 80€, he salido con cara de ****, como no podía ser menos Después de esta peli de miedo, os quiero preguntar una cosa que he visto revisando cosas, la minuta del préstamo hipotecario, que por cierto la tengo por un error del director de la sucursal, es en muchas cosas distinta a las escrituras Puedo hacer algo ? Porque dicha minuta me favorece con condiciones mejores Muchas gracias

10 respuestas
Última respuesta
Respuestas
#1
R
Rodrigo Blanch

Hola Noan,

Tu caso pueden ser multitud de cosa. No terminamos de saber qué documento tienes exactamente en tu poder; podría tratarse de una tabla de amortización con una simulación diferente a la que tienes en realidad.

Si tu objetivo es rebajar la cuota porque atraviesas un periodo de dificultades económicas, alargar el plazo puede ser una solución, pero piensa que al hacer esto, el coste total de la hipoteca aumenta (al haber más tiempo sobre el que se aplican más intereses).

Si simplemente lo que quieres es mejorar tus condiciones, tienes dos opciones: la novación (renegociar con tu entidad, aunque suponemos que esto ya lo has intentado) o hacer una subrogación de hipoteca (cambiar tu préstamo de banco). Te recomendamos que descargues la guía gratuita para la subrogación, ya que incluye el proceso de enervación, mediante el que se hace un amago de cambio para ver si tu banco actual puede mejorar las condiciones.

Ambas acciones conllevan un coste, por lo que conviene calcular si te sale a cuenta o no.

Esperamos haber resuelto tu duda.

Un saludo y gracias por utilizar el comparador de hipotecas HelpMyCash.com

#2
N
Noan
Muchas gracias por responder, los documentos que tengo son, la minuta donde están las condiciones del préstamo, propuesta, que es algo distinta a la minuta y luego escritura, que se supone que es lo que el notario tiene que poner en la escritura Lo que me importa es poder pedir "cuota final " en la hipoteca, en minuta pone que 6 meses después del término de cuota con interés fijo, puedo pedir dicha "cuota final", pero en escritura pone lo mismo y además que el banco me tiene que autorizar a ello Claro no es lo mismo, mi pregunta es, no tiene el notario que transcribir la minuta a la hipoteca? No se sí me interesaría hacerlo, pero me han quitado la posibilidad, se puede hacer algo ? Perdón por la extensión Gracias
#3
R
Rodrigo Blanch

Hola Noan,

Hemos entendido un poco más cuál es tu situación.

Vamos por partes Lo que describes como cuota final, hace referencia a las llamadas hipotecas con capital diferido o balloon (en inglés). En estas hipotecas, se reserva una cantidad de un 30 a un 40 % del capital para el final, a modo de cuota final, como has visto en la minuta. Mediante esta técnica, puedes pagar menos mes a mes, ya que amortizas sobre una cantidad inferior.

Si por ejemplo, tienes una hipoteca de 100.000 euros, con una cuota final de 30.000, amortizas durante el mismo periodo de tiempo 70.000 euros, en lugar de 100.000, lo que se traduce en unas cuotas más bajas, pero un mayor coste en intereses finales (ya que sigues pagando intereses sobre esos 30.000 euros, aunque no los amortices). Al llegar a esta última cuota deberías hacer frente a los 30.000 que te quedan en un único pago o negociar con tu banco algún tipo de financiación.

Por otra parte, ese documento al que llamas minuta y que te fue entregado por error, se trata de un documento privado entre el banco y el notario, que recibe este último para plasmar tu acuerdo con un banco en las escrituras. De cara a posibles reclamaciones, pensamos que el único argumento del que dispones sería en el caso de que tu oferta vinculante y tu contrato fueran efectivamente diferentes. Puesto que esta minuta es un documento interno al que tu no deberías haber tenido acceso, tus posibilidades de rectificación pueden ser bastante limitadas, aunque el origen de este papel es que sea transferido al acuerdo final, como efectivamente apuntas. Aún así, no estaría mal utilizarlo para negociar con tu banco, si sigues quieres acogerte al capital diferido.

Finalmente, si te interesa o no, es algo que debes valorar en función de tu situación económica y de tus objetivos financieros. Si quieres tener más liquidez a final de mes, puedes negociar con tu banco para intentar conseguirla, aunque debes de ser consciente de que por un lado pagarás más intereses a término de hipoteca y de que al llegar la cuota final te seguirás encontrando con una importante cantidad aún a deber.

Esperamos haberte ayudado.

¡Un saludo!

#4
A
Alex gonzalez
Hola Estoy interesado en comprar mi primera vivienda Actualmente cual es la mejor hipoteca con interés fijo Gracias
#5
B
Bravoss

Es la hipoteca de bbva la mejor hipoteca fija del momento?

#6
H
Helper_708515964

Pregunta similar: Novación BBVA

Hola a todos,

Tengo una hipoteca firmado con BBVA con un diferencial alto.

He hablado con ellos para hacer una novación (mejora de las condiciones sin pasar por notaria) y me han ofrecido la mejora pero en el contrato que me hacen firmar ponen dos puntos que no entiendo bien.

Los dos puntos son las estipulaciones quinta y sexta:

Quinta.- Las partes podrán compelerse al otorgamiento de la escritura pública que recoja el contenido del presente documento en el plazo máximo de tres meses a contar desde el día en que así se solicite, transcumido el cual sin que, por causa imputable a la parte prestataria, se haya producido dicho otorgamiento, o cuando habiéndose otorgado dicha escritura ésta no pudiera ser inscrita sin pérdida del rango de la hipoteca a favor del Banco, quedara sin efecto alguno lo pactado en la estipulación Primera y Segunda.

Sexta.- Cada parte asumirá los gastos y tributos que por ley le correspondan. Las partes acuerdan que los gastos notariales relativos a esta escritura se repartirán de la siguiente manera: el coste del otorgamiento de la escritura notarial, de la matriz y de las copias que solicite el prestatario serán a cargo de éste, mientras que el Banco asumirá el coste de las copias que él solicite. En cuanto a los costes relativos a la inscripción en el Registro de la Propiedad se repartirán de la siguiente manera: el coste de la certificación de cargas será asumido por la parte prestataria y el Banco asumirá los aranceles registrales necesarios para la inscripción de esta escritura de préstamo hipotecario. La parte prestataria debe resarcir al Banco de los gastos que sean necesarios para exigir el pago de la deuda en caso de incumplimiento, salvo que por disposición legal deban ser asumidos por el Banco. Las costas judiciales serán satisfechas de conformidad a lo que determinen los tribunales de justicia.

En principio me han dicho que era un contrato privado sin tener que ir a notaría, pero en el punto 5 dice que me pueden obligar a hacer el otorgamiento a escritura pública del contrato y en el punto 6 que los gastos corren por mi cuenta.
También me han dicho que son los contratos que suelen firmar y que luego no lo llevan nunca a escritura pública, que sólo lo harían en el caso de que dejara de pagar la hipoteca

Tengo las siguientes dudas:

• ¿Qué ganan ellos con obligarme a hacer el otorgamiento a escritura pública del contrato?
• Si me obligaran y no les hiciera caso, dejarían de tener efecto los puntos 1 y 2, y por consiguiente ¿Tendría que devolver la diferencia del dinero que tendría que haber pagado si no firmara el contrato?
• ¿Por qué dicen que me obligarian si dejara de pagar la hipoteca?

Los puntos 1 y 2 dicen lo siguiente:

Primera.- Modificación del diferencial constante:
Con efectos a partir del día 01 de enero de 2019 se reduce el diferencial constante a sumar al valor del índice de referencia establecido en la citada escritura de préstamo hipotecario para determinar en cada periodo de interés variable el tipo de interés vigente. Dicho diferencial constante, que hasta ahora era de 2,10 puntos, queda fijado en 1,60 puntos.
Lo establecido en la presente estipulación no supone alteración de las fechas de revisión del tipo de interés a aplicar definidas en la escritura de préstamo antes dictada, cuyo comienzo y duración se mantiene en los términos recogidos en la citada escritura.

Segunda.- Con efectos desde el día 01 de enero de 2019 se modifican las condiciones del tipo de interés de demora del préstamo pactado en la citada escritura de préstamo, en la forma que resulta de Io que aquí se establece,
Reducción de tipo de interés de demora.
a) Las obligaciones dinerarias de la parte prestataria, dimanantes de este contrato, vencidas y no satisfechas, devengarán desde el día siguiente al de su vencimiento, sin necesidad de requerimiento alguno y sin perjuicio da la facultad de vencimiento anticipado atribuida al Banco, un interés de demora nominal anual equivalente al tipo de interés ordinario nominal previsto en esta escritura más dos (2) puntos porcentuales, calculado y liquidable por meses naturales o fracción en su caso y siempre por periodos vencidos.
b) Según lo pactado en este contrato, la finalidad del préstamo es la adquisición de vivienda habitual de la parte prestataria, sobre la que se constituye la hipoteca, por Io que de conformidad con lo previsto en el artículo 1 14 de la Ley Hipotecaria, el citado interés de demora aplicable al préstamo no podrá ser superior a tres veces el interés legal del dinero y sólo se devengará sobre el capital vencido y pendiente de pago. Dichos intereses de demora no podrán ser capitalizados en ningún caso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 579.2 a) de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC).
c) Las cantidades resultantes como intereses de demora sc considerarán firmes cn cl momento en que se perciban, sin perjuicio del derecho del Banco a exigir los intereses moratorios devengados hasta cada momento, y quedarán garantizadas exclusivamente con cargo a la cantidad máxima consignada en la cláusula de Constitución de Hipoteca del contrato indicado


Muchas gracias por adelantado.

#7
N
Noelia

Pregunta similar: Novación intereses BBVA

Mi nula educación financiera y mi mala cabeza me hicieron firmar en 2015 una hipoteca variable al 2,95 + Euribor (un desastre), me renueva la hipoteca el 30/04 y soy consciente de que en el mejor de los casos, estaré en el 2,95 + 4% (si no es al 4,5 o peor)

Me he tirado a la piscina y he solicitado al BBVA una novación de intereses con su actual oferta del 1r año 1,49TIN y el resto de años 1,60+euribor. 

Mi pregunta es, el BBVA entiendo que no está obligado a aceptar la novación, pero, ¿tengo alguna posibilidad?

La opción de cambiarme a otra entidad no es viable (Sé que sería lo mejor) pero tengo un préstamo personal en el BBVA que finaliza en 2 años, hasta entonces no puedo.

Gracias de antemano por vuestras opiniones. Sed buenos, estoy mejorando.

HelpMyCash
#8

citando a Noelia Pregunta similar: Novación intereses BBVA Mi nula educación financiera y mi mala cabeza me hicieron firmar en 2015...

Hola, Noelia.

Tienes posibilidades, siempre que tu situación económica sea buena: que tengas un trabajo estable, que no estés endeudada en exceso (más allá de tu hipoteca y del préstamo). Ten en cuenta que al banco le interesa que no dejes de pagar tu hipoteca y que sigas como clienta, así que es probable que esté dispuesto a negociar. 

Aprovechamos para comentar que el interés de euríbor más 1,60% es el que puedes conseguir sin contratar otros productos del banco. Si tienes la nómina domiciliada en el BBVA y tienes contratados también sus seguros de hogar y vida, el interés que puedes conseguir es de euríbor más 0,60%. 

Esperamos haberte ayudado. 

Un saludo. 

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
#9
M
Miriam

Hola.

Yo he enviado todas las nóminas y demás documentos para que estudien la novacion. Tras la separación vamos a hacer una extinción de dominio. He leído todo lo firmado hace 4 años y no pone en ninguna hoja que en estos casos me cambian las condiciones. Actualmente tengo un interés fijo siendo la TAE 3.65

Por mi salario e importe pendiente puedo pagarlo, pero en caso de que me quieran cambiar el tipo de interés y subirlo... puedo alegar que no está por escrito? 

HelpMyCash
#10

Hola, Miriam.

El banco, a priori, nunca está obligado a aceptar una novación de hipoteca, a no ser que se acuerde previamente en la escritura. Por lo tanto, si le propones cualquier modificación, puede aprobarla únicamente si tú aceptas contrapartidas, como un interés más alto. 

Por eso, lamentablemente, no puedes alegar que esa subida no está por escrito. Lo que sí puedes hacer es negociar para que no te suban el interés. Puedes amenazar con irte a otro banco, ofrecer la posibilidad de incluir nuevas garantías (otro cotitular o un avalista), etc.

Esperamos haber resuelto tu duda. 

Un saludo. 

¿Te hemos ayudado?

Si valoras nuestra respuesta, por favor ayúdanos y valora nuestro servicio en Trustpilot. También puedes compartir esta experiencia con tus conocidos aquí:
Responder
Por favor, no escribas todo el texto en mayúsculas ni utilices palabras malsonantes. Ayúdanos a hacer del foro un espacio de intercambio agradable y útil para todos. Normas del foro