¿se debe pagar comision en una c.c.sin tener domiciliado ningun recibo?

¿se debe pagar comision en una c.c.sin tener domiciliado ningun recibo?

¿se debe pagar comision en una c.c.sin tener domiciliado ningun recibo?

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T
trancarua

hola buenos dias. me gustaria saber si alguien sabe de una circular del banco de España,la cual prohibe o aconseja a los bancos el no cobro de comisiones de manteninimiento de un cuenta corriente,en la cual no se tenga ningun tipo de recibo domiciliado...

mi caso es,tengo una cuenta corriente donde pago mi hipoteca,y no tengo nada mas,el popular que es el banco donde la tengo,desde el año pasado ha iniciado ha cobrarme semestralmente una comision por tener la cuenta corriente...¿es legal?

gracias

2 respuestas
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Respuestas
#1
C
Carme Gomez

Hola Trancarua,

Cada banco es libre de establecer comisiones en concepto de aquello que estime oportuno, así como establecer las tarifas que crea apropiadas.

Ahora bien, por ley, estas comisiones deben ser visibles para el público a través del libro de tarifas de cada entidad y en caso de variaciones en los precios, el banco estará obligado a informar a sus clientes con al menos 2 meses de antelación.

¡Un saludo!

#2
T
trancarua

citando a Carme Gomez Hola Trancarua,Cada banco es libre de establecer...
gracias carmen,pero he pasado la mañana leyendo un poco desde la web del banco de España,y creo que si es cierto que cada banco aplica sus tarifas,pero no estan obligados a tener la lista visible,tambien he leido que el propio banco de España curso una circular o normativa,la 8/1990,la cual en pocas palabras viene ha decir que se considerara mala praxis bancaria todas aquellas entidades que cobren comisiones por manteninimento de aquelllas cuentas corrientes que,estando vinculadas a una hipoteca y solo trabaje con la cuota mensual de ella,sin tener otra clase de recibo domiciliado,tendra un trato de comision ilegitima,ya que la propia cuenta corriente se abre por imposicion de la entidad para facilitar SU trabajo,con lo cual no tiene sentido que se pague por cumplir con una obligacion que la misma entidad impuso.....en pocas palabra es una practica contraria al princio de reciprocidad....

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