Nueva ley en España para el crowdlending y el crowdfunding
- Sandra Garau
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- 6 de mayo 2015
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- Crédito, Préstamos empresa, Préstamos P2P

El pasado mes de abril, el Congreso aprobó la nueva ley de Fomento de la Financiación Empresarial, encargada de regular las nuevas alternativas de financiación participativa, como el crowdlending.
Aunque las últimas noticias eran que la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) sería la responsable de supervisar, inspeccionar y sancionar los proyectos, en la última semana se han aplicado nuevos cambios importantes para el sector.
La nueva regulación de la financiación participativa
A pesar de que la nueva ley todavía no se ha publicado en el BOE (Boletín Oficial del Estado), ya se ha informado de que las novedades regularán gran parte del funcionamiento de las plataformas y que, además, éstas estarán sometidas a un doble control por parte de la CNMV y el Banco de España.
Según ha citado Arboribus, empresa especializada en crowdlending para empresas, el único «pero» que tiene la nueva ley es la regulación conjunta del crowdlending y el crowdfunding, pues mientras el crowdlending permite invertir en empresas sólidas, con años a la espalda de facturación; el crowdfunding se enfoca en las nuevas empresas y, por tanto, la rentabilidad está menos definida.
El cambio más trascendente de la nueva regulación
Además de la doble supervisión de las plataformas, la clara distinción entre dos tipos de inversores, los acreditados y los minoristas, limitará la inversión, aunque no de ambos. La nueva ley no fija ningún importe máximo de inversión para los «acreditados», es decir, para quienes declaren que cuentan con asesoramiento profesional, que tienen un patrimonio financiero de 100.000 € o que cuentan con una ganancia anual de 50.000 €, como mínimo. Sin embargo, para los inversores «minoristas», sí establece una cantidad máxima de 10.000 € por inversor y 3.000 € por préstamo.
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