3 pasos imprescindibles para vender tu piso con inquilinos
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- 27 de septiembre 2021
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- Vender Piso

Una de las dudas más comunes entre los propietarios es si pueden vender su vivienda con inquilinos dentro, es decir, mientras dura el contrato de arrendamiento.
La respuesta es que sí, pero con algunos peros. De hecho, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) regula la venta de fincas arrendadas, por lo que la operación es completamente legal y bastante habitual, aunque hay que seguir unas recomendaciones antes de llevar a cabo la transacción. En este sentido, existen 3 pasos que hay que seguir para proceder a la venta de un inmueble con inquilinos viviendo en él.
1. Comunicar al inquilino la intención de vender el inmueble
El propietario de la vivienda está obligado por ley a comunicar al arrendatario por escrito su intención de venderla. El documento debe contener:
- El propósito del propietario de vender la vivienda
- El precio de venta del inmueble, ya que el inquilino, por el hecho de serlo, tiene el derecho de adquirirla antes que otros posibles compradores. Es lo que se conoce como derecho de tanteo.
- La fecha prevista para la compraventa de la casa
- El resto de condiciones e información relacionada que el propietario considere necesaria aportar.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que, como apuntábamos, es la que regula la venta de fincas arrendadas, recoge que el inquilino puede ejercer su derecho de tanteo y comprar la vivienda que tiene arrendada antes que cualquier otra persona.
De ser así, éste tendrá 30 días naturales para manifestar su voluntad de compra y 180 para adquirir la vivienda, al precio especificado en la notificación del propietario.
2. Exponer al comprador que la vivienda está alquilada
Si el inquilino decide no comprar el inmueble, el comprador tiene que saber que existe un contrato de arrendamiento vigente sobre la vivienda que va a adquirir, así como el estado en el que se encuentra y la relación arrendaticia actual. De esta manera, podrá decidir libremente si le interesa comprar o no la propiedad en estas condiciones.
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3. Revisar el estado del contrato de arrendamiento
Se trata de uno de los puntos más importantes porque determinará, en caso de que se venda la vivienda a un tercero, si el inquilino puede continuar viviendo en la casa luego de la venta, o si deberá desocuparla.
- Si el contrato está inscrito en el Registro de la Propiedad
El inmueble arrendado se puede vender, pero el comprador no podrá vivir en él hasta que no se haya cumplido el plazo del contrato de arrendamiento. Por lo tanto, el inquilino está en pleno derecho de vivir en el inmueble que tiene alquilado hasta que finalice el contrato y, en consecuencia, no podrá ser echado de la vivienda.
- Si el contrato no está inscrito en el Registro
El inquilino tendrá un plazo máximo de 90 días para dejar la vivienda. Sin embargo, si el nuevo propietario lo ve oportuno, puede prolongar el contrato de arrendamiento. En caso contrario, lo finalizará y el inmueble quedará vacío.
Consejo extra: acuerda con el inquilino las visitas a la vivienda
Los propietarios deben tener en cuenta que no pueden entrar en la vivienda alquilada sin el consentimiento del inquilino, mientras dure el contrato de arrendamiento.
Por este motivo, el casero deberá acordar con el arrendatario cuándo él o la inmobiliaria a cargo pueden enseñar el piso a posibles compradores. Es por este motivo que se recomienda que entre ambos haya una relación de cordialidad.
Como ya hemos comentado, en el caso de que el contrato no esté inscrito en el Registro y, por lo tanto, el inquilino deba desalojar la vivienda, tendrá 90 días para hacerlo.
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