cancelar hipoteca

¿Qué es la cancelación de la hipoteca?

La cancelación de la hipoteca consiste en dejar reflejado en el Registro de la Propiedad que el préstamo hipotecario ha sido pagado completamente y que, por lo tanto, ya no existe una deuda pendiente.

Cancelar la hipoteca no es un trámite obligatorio, pero es necesario si decidimos vender la vivienda o solicitar un nuevo préstamo hipotecario, ya que si no constará una carga sobre nuestra vivienda.

¿Cuándo hay que cancelar la hipoteca en el registro?

Para poder hacer la cancelación registral de la hipoteca debemos haber acabado de pagar todo el dinero que nos prestó el banco a través del préstamo hipotecario. Así pues, podremos cancelar la hipoteca en los siguientes casos:

  • Cuando pagamos la última cuota pactada con el banco: es el caso más común de cancelación de hipoteca. Cuando ha pasado el plazo que acordamos con el banco para devolver el dinero y nuestra deuda es cero, podremos iniciar el trámite para cancelar la hipoteca en el registro y así evitar problemas en el futuro.

  • Cuando queremos cancelar la hipoteca antes de tiempo: si nos llega mucho dinero, por ejemplo por la lotería o por una herencia, puede que queramos deshacernos de la hipoteca. Para eso, tendremos que hacer una amortización anticipada del capital que quede pendiente y, después, hacer la cancelación registral de la hipoteca.

  • Cuando queremos vender la vivienda: otro de los casos más comunes de cancelación de hipoteca es por venta de la vivienda. Y es que, tanto si hemos acabado de pagar la hipoteca como si no, si queremos vender nuestra casa, el comprador nos exigirá que esté libre de deudas en el registro.

  • Cuando queremos pedir un nuevo préstamo hipotecario: si vamos a comprar otra vivienda con hipoteca y queremos poner nuestra casa ya pagada como garantía, el banco nos pedirá que el inmueble esté libre de cargas, por lo que nos exigirá la cancelación de la hipoteca en el Registro de la Propiedad.

  • Cuando queremos mejorar las condiciones de la hipoteca con otra nueva: si queremos mejorar las condiciones de nuestra hipoteca pero no hemos conseguido hacer una subrogación ni una novación, podemos optar por firmar una nueva hipoteca, aunque la operación es mucho más cara. Sin embargo, como la vivienda que sirve como garantía será la misma, deberemos cancelar en el registro el primer préstamo hipotecario que teníamos, un trámite que hará el gestor en el mismo momento de inscribir la nueva hipoteca.

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¿Cómo cancelar una hipoteca?

Cancelar la hipoteca no es un proceso especialmente complejo, por lo que podemos hacerlo nosotros mismos. A continuación, vamos a detallar los trámites de cancelación de una hipoteca:

  1. Solicitar el certificado de deuda cero a nuestro banco. La emisión de este documento es gratuita, así que la entidad no nos puede cobrar ni un solo euro por este concepto. Se trata de un documento que justifica que hemos acabado de pagar la hipoteca.

  2. Acudir a la notaría con el certificado. Se puede acudir a cualquier notario, no hace falta que sea el mismo donde se suscribió la hipoteca, y deberemos pedirle que nos vaya preparando la escritura de cancelación de hipoteca.

  3. Rellenar el modelo 600 del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. Mientras el notario nos hace la escritura, debemos ir a Hacienda y rellenar el formulario del IAJD. Aunque la cancelación de hipoteca está sujeta a este tributo, está exenta de pago, es decir, no nos costará más que el propio documento que deberemos rellenar (aproximadamente un euro).

  4. Recoger la escritura del notario. Después, tendremos que volver al notario para recoger y pagar la escritura una vez haya sido firmada por el apoderado de nuestra entidad financiera. Este proceso puede alargarse durante unos días.

  1. Llevar la documentación al Registro de la Propiedad. Hay que entregar la escritura de cancelación de la hipoteca y el impuesto y, en un plazo de unos quince días, nos avisarán para pasar a retirar los documentos y pagar la minuta. En ese momento, se levantará la carga sobre nuestra propiedad. Si nuestra intención es vender la vivienda, podemos aprovechar esta visita al registro para pedir la nota simple que acredite el estado de las cargas de la casa.

Como vemos, cancelar la hipoteca por nuestra cuenta no es difícil, pero si no tenemos tiempo o no queremos hacer el trámite nosotros mismos, siempre podemos contratar los servicios de un gestor que, por el precio acordado, nos evitará todo este proceso.

¿Y si optamos por no cancelar el préstamo hipotecario?

Si no queremos cancelar la hipoteca en el momento en el que acabamos de pagar la última cuota, podemos esperar a que se produzca lo que se conoce como cancelación de hipoteca por caducidad o cancelación de hipoteca por prescripción.

Y es que si pasa un plazo de 20 años desde que pagamos la última cuota de la hipoteca, el Registro de la Propiedad eliminará automáticamente la carga sobre nuestra vivienda. Eso sí, hasta ese momento, constará que la casa sí que tiene deudas vinculadas vigentes, por lo que si queremos vender la vivienda o solicitar otra hipoteca, deberemos cancelar la hipoteca.

¿Qué pasa con la vinculación al cancelar la hipoteca?

Una de las grandes incógnitas que surgen al cancelar la hipoteca (tanto si hemos hecho o no la cancelación registral) es qué pasa con la vinculación. A continuación, detallamos que pasa con cada producto vinculado:

  • Cuentas, nóminas y recibos domiciliados: abrir una cuenta en el banco y domiciliar en ella nuestros ingresos es el requisito más habitual que nos pedirá el banco para darnos un mejor interés en nuestro préstamo hipotecario. Sin embargo, una vez hayamos procedido a cancelar la hipoteca, podemos irnos a otro banco que nos interese más.

  • Tarjetas de crédito o débito: al igual que las cuentas, si no nos interesa seguir usando tarjetas que utilizábamos para cumplir con la vinculación, podremos cancelarlas. Cabe señalar que, si nuestra tarjeta tiene un coste de mantenimiento anual, no tendremos derecho a recuperar parte de ese dinero, aunque nos encontremos a mitad de año.

  • Plan de pensiones: otro de los productos que podemos tener vinculados a la hipoteca es un plan de pensiones. En este caso podremos traspasarlo a otra entidad de nuestra preferencia si no tenemos permanencia en el propio plan de pensiones o rescatarlo en caso de que cumplamos con las condiciones que establezca el contrato.

  • Seguros de hogar, de vida u otros: son otro de los productos más habituales que podemos tener vinculados y, al cancelar la hipoteca, tenemos derecho a recuperar la parte de la prima no consumida. Es decir, si la última renovación fue por cinco años y queremos cancelar el seguro de vida vinculado a la hipoteca tras acabar de pagar el préstamo hipotecario en el año tres, podemos pedir a la aseguradora que nos devuelva la parte de la prima no consumida por esos dos años de diferencia.

Sobre esta página

Para qué sirve esta página: en esta página te explicamos cómo cancelar una hipoteca y todos los gastos que conlleva la transacción. Además, si necesitas una nueva hipoteca, se mostrarán algunas de las mejores.

Fuente: la información que puedes ver en esta página procede tanto de nuestra propia experiencia y la de los usuarios dentro del sector hipotecario, como de las diferentes entidades bancarias.

Metodología: los datos aquí presentes han sido recogidos mediante consultas a los diferentes portales de entidades y organismos oficiales.

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Temas recientes del foro

Helper_30289293
Deudas imposible de pagar @Helper_30289293 - hace 16 horas
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Hola. Tengo varios microcreditos que han vencido y todavía no puedo pagar ninguno.los últimos meses solo he pedido un microcredito para pagar otro y ya no puedo más. Parece que es imposible salir de esta situación. Qué puedo hacer? 
Agustina Battioli
Agustina Battioli
hace 15 horas

HelpMyCash

Hola, Helper.

Pagar una deuda de un minicrédito con otro no es muy aconsejable, ya que son préstamos que se devuelven en un máximo de 30 días y cada vez la cantidad que debes reembolsar es más alta por lo que lo mejor es que evites esta alternativa momentánea. El peligro de esta opción es acabar en una espiral de deudas de la que es muy complicado salir.

Para solucionar tu problema, lo primero que deberías hacer es ponerte en contacto con las entidades con las que tienes los minicréditos.

La mayoría de entidades estás adheridas a la Asociación Española de Micropréstamos (AEMIP) y, por lo tanto, deben cumplir con su Código de Buenas Prácticas que dice en su apartado 5 "Cobro de deudas" (página 13) "Los asociados deberán valorar aceptar alternativamente, otras cantidades de pago, asequibles, cuando el prestatario, su asesor externo o representante realicen una propuesta razonable."

Por esta razón, si te pones en contacto con las entidades y les propones un plan de pago que te permita reembolsar el dinero sin desequilibrar tus finanzas, es muy probable que lo acepten. Aunque igualmente dependerá de la política de cada entidad y de si son o no miembros de AEMIP.

La mejor manera para hacerlo es que les mandes un correo electrónico para que quede constancia por escrito, aunque también podrás llamar a su servicio de Atención al Cliente o Recobro para negociar. 

Ante cualquier duda que tengas durante el proceso, no dudes en preguntarnos. Estamos encantados de responder.

¡Un saludo!

maria
RIESGOS POR IMPAGO DE HIPOTECA @maria - hace 18 horas
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Debo 5 meses de hipoteca ( 374€/mes ) porque me quede sin trabajo; llegué a un acuerdo con el director del banco que consistía en ingresar cada mes 500€; así he ido haciendo hasta el mes pasado que se me fue la persona a la que  alquilaba una habitación. Ya tengo otra y voy a poder seguir con mi ingreso habitual pero me han llamado desde un teléfono en el que se han presentado como "departamento de riesgos" para decirme que si no pago pueden reclamarme todo lo que resta del préstamo ( unos 33000€) Mi pregunta es   la siguiente: ha entrado en vigor la nueva ley hipotecaria que dice que para hacer lo que me indican tiene que  haber 9 recibos impagados ( 2ª mitad del prestamo hipotecario) ?? mi hipoteca fue firmada en el año 2000.
Muchas gracias de antemano a la persona que pueda darme respuesta.     
Miquel Riera
Miquel Riera
hace 17 horas

HelpMyCash

Hola, maria. 

En principio, en estos casos se aplica con carácter retroactivo el artículo de la nueva ley hipotecaria que regula el vencimiento anticipado. Por lo tanto, no pueden reclamarte todo lo que resta del préstamo (aplicar la cláusula de vencimiento anticipado) hasta que el impago alcance las 12 mensualidades (o el 3% del importe original de la hipoteca) si estás en la primera mitad del plazo o las 15 cuotas (7% del importe) si estás en la segunda mitad. Encontrarás más información en nuestra página sobre el vencimiento anticipado

Más allá de eso, quizás puedas llegar a otro tipo de acuerdo que te permita pagar la hipoteca poco a poco de otra manera. Te dejamos un enlace a una guía gratuita en la que explicamos cuáles son las opciones disponibles para evitar nuevos impagos. 

Un saludo. 

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Hola.. quisiera saber si me conviene mejor una hipoteca Mixta o variable.. quiero pedir 55000€ en 18 años..pero he leido que no siempre la Mixta es mejor..nose si se estancara ee euribor muchos años.. gracias

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