Valores Santander

Valores Santander

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A
Anónimo
Invertí 10.000 euros en valores del banco santader, ahora estos valores están al 39%, con lo cual las pérdidas son muy grandes. Ahora el banco da la posibilidad de canjear estos valores en acciones antes del mes de octubre, que es la fecha definitiva para realizar dicho canje. ¿Creeis que es mejor canjear ahora (la fecha limite es el 3 de julio) o es preferible esperar al mes de octubre? Gracias
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HelpMyCash
#1
Hola, Marionela.

No podemos adivinar cómo evolucionará la acción del Santander, así que no podemos recomendarte una cosa o la otra. Esperemos que algún usuario experto en bolsa pueda darte su opinión.

¡Un saludo!

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#2
F
Fausto
Yo creo que da igual cuando lo hagas, porque el precio de canje ya está fijado y ni de lejos se va a acercar antes de octubre su cotización en bolsa. Desde mi punto de vista, lo unico que puedes hacer es mantener las acicones (si no necesitas liquidez a corto o medio plazo) y esperar a que suban otra vez, algo que creo que volverá a suceder (es Santander). Eso sí, no creo que en dos o tres años se vea que recupere los niveles del canje. Suerte
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#3
N
Nela_Valencia
Buenas tardes. Soy también una afectada. En mi opinión tenemos que crear una plataforma todos los estafados y emprender acciones legales de manera colectiva. Yo en tu lugar no convertiría los valores en acciones antes de Octubre sin recibir asesoramiento antes. No sé si podemos perder los derechos a futuras reclamaciones. Un saludo
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#4
S
Sergito
¡Hola Marionela! Creo que lo que te vendieron fueron unos bonos convertibles. Si no estoy equivocado la operación debe ser del año 2006 o 2007. No he visto la oferta que os han hecho a los clientes pero creo que os ofrecen comprar al 60% del nominal. Sinceramente, yo no lo aceptaría ya que es consolidar una pérdida muy elevada, más la caída de la acción, que eso es otro tema a parte. Confío en que SCH subirá en los próximos meses pero desde luego me plantearía la siguiente pregunta: ¿Querías invertir realmente en bonos convertibles? ¿sabías lo que contratabas? Desde luego no son preferentes pero tienen un riesgo muy similar con la única ventaja de la liquidez. Se trata de un producto complejo que yo no recomendaría a inversores inexpertos. Ojo, que no te conozco y doy por supuesto que buscabas un poco más de rentabilidad. Si quieres, pon aquí las condiciones de canje y te doy mi opinión de asesor financiero (que es lo que soy). saludos y suerte. Sergito.
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#5
A
Anónimo
Yo tambien estoy dudando, no quieren dar ni un solo documento y no paran de llamar para que firme. Ni siquiera dan un folleto con las condiciones y solo dicen que se ganan los dividendos de Julio. (Unica ventaja de la operacion). Firmar ahora significa consolidar perdidas muy fuertes pues el valor prefijado es de 13, 5 Euros cuando estan a 5. Tambien dicen que de cualquier manera en Octubre se convertiran. Cuando me vendieron esto no avisaron de que esto podia pasar, siempre he seguido una politica muy conservadora en los ahorros. Nunca han sido claros en esto ¿Se puede denunciar?
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#6
S
Sergito
¡Hola Alidrish! SCH tiene muchas cosas malas, todos lo sabemos, pero estoy seguro que el contrato de tus obligaciones convertibles lo tendrán debidamente archivado y firmado por ti. Igual que el Test de Idoneidad (si es que aquel momento ya existía). Mi consejo es no anticipar el canje y se basa en la experiencia con esos señores: solo insisten en lo que les interesa a ellos. Si te interesa a ti no van a hacer ningún tipo de gestión. Si alguien quiere escanear y copiar aquí el documento del canje, lo estudiaré para ver qué ofrecen. Saludos y suerte. Sergito.
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#7
N
Nela_Valencia
Hoy mismo he consultado a un abogado especialista en este tipo de estafas.Hay 130.000 afectados. Me ha recomendado que en ningún caso ceda a las presiones del banco (te llaman para ofrecerte ventajas si adelantas el canje) para convertir los valores en acciones ya que perderíamos todo derecho a reclamar. En segundo lugar me ha dicho que en ADICAE hay una plataforma que lleva el tema y que es buena idea asociarse. Él me ha dicho que honradamente me recomienda reclamar asesorada por esta asociación ya que las costas de llevar él el caso de forma individual ascenderían a varios miles de euros en mi caso. Por lo tanto, RECLAMAR, NO CONVERTIR e INVESTIGAR en internet qué recomiendan las asociaciones de afectados. Suerte a todos. Unámonos y a por ellos.
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#8
A
Anónimo
La mayoria de los afectados fueron claramente estafados, aqui tienes una plataforma (en facebook) donde ya se estan organizando: http://www.facebook.com/groups/185270471487121 Saludos y Suerte!!!!
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#9
S
Sergito
¡Hola Ramona98! En la época en la que SCH comercializó esos bonos convertibles, yo fui nombrado director de una oficina bancaria. Entre otras actividades, me encargaba de captar dinero de otras entidades y casi nunca pude hacerlo del SCH. Recuerdo que un cliente vino con el folleto informativo, lo estudiamos, hicimos números, supuestos si las acciones bajaban y finalmente le recomendé NO CONTRATAR. ¿Sabes lo que hizo? Decirme que agradecía el tiempo pero que le pagaban un 7,30% el primer año y después un EUR+2,75 en cupones trimestrales. Vamos, que como este muchos otros, y esos se han dejado engañar. Por supuesto también hay clientes a quienes se los han colocado pero a veces la gente habla de estafa, engaños, timos, colocación... sin tener razón pero si cuela... En fin, espero que nadie ceda a las presiones de estos señores y se pueda solucionar todo. Saludos, Sergito.
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#10
A
Afectada LC
Al Banco Santander no le importan nada sus clientes. Soy una afectada por la estafa de los Valores Santander. Creo que es mejor esperar a octubre ya que el canje se producirá a un precio inferior debido a la ampliación de capital del banco. En cualquier caso también pienso que debemos denunciar. En este momento estoy observando que están haciendo otros para sumarme.
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#11
A
Anónimo
Muchas gracias a todos por la información. Sergito aquí pongo las condiciones del contrato que yo firmé con el Banco para que nos puedas dar más información, si es posible: "...Estos valores pasan a ser necesariamente convertibles en acciones Santander. La conversión, si así lo desea, podrá producirse en cada aniversario de la emisión durante los cuatro primeros años, estos es, el 4 de octubre de 2008, 2009, 2010 y 2011. Los valores en circulación el 4 de octubre de 2012 serán automáticamente convertidos en acciones Santander. El precio de referencia de las acciones del Banco a efectos de conversión ha quedado establecido en 16,04 euros por acción. Este precio resulta de aplicar un 116%(la prima de conversión contemplada en el folleto) a la media aritmética de los precios medios ponderados de la acción de Banco Santander en el Mercado Continuo español en los cinco días hábiles bursátiles anteriores al 17 de octubre de 2007, que ha sido 13,83 euros. El número de acciones de Banco Santander que corresponde a cada Valor Santander a efectos de conversión ha quedado fijado en 311,76 acciones por cada Valor. Esta relación de conversión resulta de dividir el valor nominal de cada Valor Santander (5.000 euros) por el precio de referencia antes indicado (16,04 euros). Hasta que llegue el momento de conversión de sus Valores, le recuerdo que la remuneración anual será la siguiente: - Primer año: TAE: 7,50%, con liquidación trimestral de intereses. - Desde el segundo año al quinto año: Euribor a 3 meses + 2,75%.” Estas son las condiciones del Banco Santander en cuanto a dichos valores. Tengo además otra hoja en la que aparece el importe invertido en estos valores y además, se dice que el ordenante manifiesta que conoce y entiende las características de los Valores Santander que suscribe, sus complejidades y riesgos, y que, tras haber realizado su propio análisis, ha decidido suscribir el importe que se recoge más arriba. La verdad es que las condiciones del contrato en cuanto a la conversión en acciones de estos Valores está bastante clara, auque ellos no sean tan claros a la hora de explicarte las cosas. A mi antes de firmar dicho contrato no me hicieron ningún test de conveniencia ni de idoneidad para ver y evaluar mis “conocimientos previos” sobre este tipo de productos financieros complejos. Gracias Un saludo a tod@s
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#12
S
Sergito
¡Hola Mariela! Con la cotización de hoy pierdes un 85% del valor depositado. Es cierto que has cobrado unos cupones muy elevados y que eso mitiga las pérdidas. No sé qué va a pasar en los próximos meses pero ante la insistencia de conversión del SCH, no cedas. Espera a octubre y a ver si se han podido recuperar las acciones. Es cierto que si hoy conviertes, materializas la pérdida y también optas a la revalorización del valor pero yo no lo haría. No consolides la pérdida y espera a octubre. Suerte. Sergito.
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#13
F
Fausto
Pero Sergito, no entiendo por qué piensas que es mejor rechazar el canje ahora. Yo creo que da igual cuando lo hagas porque ten en cuenta que las acciones las tienes igual, quiero decir, que la pérdida sería en el momento de VENDER las acciones, no de canjear. Si las acciones SAN suben en octubre, el resultado es el mismo para quien haga el canje en octubre que para el que lo haya hecho ahora y las conserve hasta entonces. Corrígeme si me equivoco.
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#14
S
Sergito
¡Hola Fausto! En efecto, así es pero me escama la insistencia que está utilizando SCH. Ante esa desconfianza y el hecho de que solo suelen ofrecer lo que a ellos les va bien, por principios, yo no lo haría. Vamos, pura desconfianza :)
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#15
A
Anónimo
No es solo desconfianza, que tambien, sino la perdida de una posible reclamación que obligue a devolver el principal si se puede demostrar antes de Octubre que esos valores se comercializaron de manera fraudulenta aprovechando la confianza de los ahorradores en sus directores. La mayoria eran mayores de edad y no conocian el riesgo que entrañaba esta formula tan complicada y además no querian inversiones de riesgo bajo ningún concepto: fueron engañados. No se si se debe reclamar en solitario o bajo alguna plataforma de perjudicados.
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#16
J
jaa1973
Estoy en el mismo caso que tu Marionela inverti 5.000€ en 2007 ya que me lo vendieron bastante bien, soy inexperto en estos temas de banca y quisiera saber que si no hago el canje hasta la fecha tope que es en octubre cuanto tiempo tardaria en recuperar en dinero invertido? si hay alguien que me lo pueda explicar llanamente lo agradeceria con locura ya que estoy bastante desorientado.
#17
J
jaa1973
Hola Nela-Valencia yo estoy en el mismo caso y he decidido ponerme en contacto con esta asociación ADICAE he contastado con ellos y me han explicado todo lo que tengo que hacer y el coste si quiero demandar en mi caso me sale por 100 euros ya que inverti 5000€ mas los gastos de asociarte. Creo que todos los que estén en el mismo caso deben de hacer lo mismo e ir todos a una contra esta banda de chorizos, según me han informado desde esta asociación en junio hubo un acto de conciliación en el cual el banco no cedió argumentando que todos los productos que vendieron a los clientes se les informo correctamente y sabian el producto que compraban, cosa que por lo menos en mi caso es absolutamente mentira, ya que me garantizaban el 100% por 100% de lo invertido al final del periodo que es en octubre y que no corria riesgo ninguno dicho capital.Por tal motivo animo a todo el mundo a que tiremos para delante ya que de no ceder el banco con estos "130.000" clientes que por lo menos en reputación y en su cartera de clientes les afecte nuestras reclamaciones. ANIMO Y A POR ELLOS.
#18
C
Cabreado
citando a Nela_Valencia Buenas tardes. Soy también una afectada. En mi opinión tenemos que crear una plataforma todos los estafados y emprender acciones legales de manera col...
Creo que si dejas que los valores se conviertan en acciones, no puedes reclamar. Ya que se supone que eres uno de los dueños del banco. yo soy afectado por los valores del Santander, lo he puesto en manos de un abogado, ya veremos que pasa. Mi abogado me aconseja denunciar por lo civil.Por este medio se le han ganado dos casos al banco, uno en Alicante, y otro en Canarias, Claro está el banco ha apelado (tiene que darle trabajo a sus cientos de abogados). Somos 120.000 afectados, si nos unimos todos puede que se nos haga caso, la CNMV ya dijo del peligro de este producto, pero a los trabajadores cómo yo, que no sabemos nada de nada de economicas, y que sólo buscamos una rentavilidad sin peligro para los ahorros de tada la vida, es muy facil de engañarnos por un director de oficina que lo que quiere es un ascenso y una palmadita de su superior. CANALLA TE HAS QUEDADO CON MAS DE LA MITAD DE MIS AHORROS. A este señor lo han trasladado, creo que es mejor así, porque si me lo encuentro un día por la calle, puede que yo mismo me vuscara mi perdición, porque si de alggo estoy seguro es que le daba una paliza, y esta podía ser mortal.
#19
C
Carlos Q
Hola a todos! Soy otro afectado por la compra del producto Valores Santander. Hace 22 años que soy cliente de Banco Santander y en el momento en que el Director de la oficina de Barcelona me ofreció este producto me dijo que era un deposito a plazo fijo con una alta rentabilidad. Confié en el Director de mi oficina y a día de hoy (4 de octubre de 2012) he perdido un 55% del valor del producto!!! Invertí 60.000 euros!!!!los ahorros de mi vida!!!!! Un compañero de trabajo me ha informado y reocmendado un despacho de abogados en Barcelona, JAUSAS que tiene mucha experiencia en estos temas y que en 15 días cerrará una plataforma de afectados por VALORES SANTANDER. ¿Alguien sabe algo?
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#20
O
Oficina del Defensor del Inversor
Buenas tardes, Son muchas las quejas que venimos recibiendo de personas que denuncian la falta de información sufrida y el abuso cometido por la entidad Banco Santander en la comercialización de Valores Santander, que se habría aprovechado de su desconocimiento para obtener unos ingresos con promesas de unas ventajas y/o condiciones que finalmente no solamente no se ajustaban a lo prometido sino que adicionalmente habría llevado a cabo la venta incumpliendo la normativa aplicable. Hay una coincidencia en el relato de las quejas respecto de la deficiente información previa a la adquisición de este producto financiero, que unida al desconocimiento acerca de este tipo de operaciones y a la confianza depositada en los responsables de las distintas sucursales que les ofertaban su compra, les habría llevado a adquirir finalmente un producto financiero complejo cuando creían estar comprando un producto bancario similar a los depósitos a plazo. Desde el punto de vista legal, quien desee plantear la nulidad del contrato como via para recuperar su dinero debe tener en cuenta que el régimen legal aplicable es preMiFID, esto es el correspondiente a la Ley del Mercado de Valores y el Código General de Conducta del Mercado de Valores (CGC), aprobado por el Real Decreto 629/1993, con especial hicapie en el alto riesgo del producto y la adecuación al perfil del cliente; así como el propio Manual de Procedimientos de la entidad de 2004. Parece relevante recordar que las normas de conducta son normas jurídicas que refuerzan la moral de los negocios y que se caracterizan por ser normas imperativas y de Derecho público que refuerzan las obligaciones de lealtad y diligencia de la empresa, en este caso Banco Santander, cuyo incumplimiento constituye una infracción administrativa. En base a dichas normas de conducta se establecen categorías de clientes con el fin de proteger a los minoristas, atendiendo al servicio prestado y a la complejidad del producto. En base al propio manual reseñado anteriormente, se clasifican los clientes (banca de particulares) y de los productos (rojos: "no garantizan la recuperación del principal a vencimiento, aunque garanticen un cupón mínimo”), no resultando posible "ofrecer" productos rojos a particulares. Motivo por el cual debe Usted también comprobar en la documentación de que dispone si se ha forzado la clasificación de Valores Santander como producto a amarillo, a pesar de que no garantizaba la recuperación del principal a vencimiento, como lamentablemente se ha comprobado. La propia Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en su memoria anual correspondiente al año 2010 subraya los siguientes criterios aplicables al presente caso: falta de perfilación de los clientes, falta de adecuación al perfil, falta de información previa y ausencia de subsanación por condiciones generales. Adicionalmente es importante que como afectada se fije en la fecha en que firmó la compra, ya que adicionalmente a todo lo anterior en algunos casos la comercialización del producto comenzó incluso en fecha anterior al registro del folleto en la CNMV (17/09/2007). En resumen, la irregularidad presuntamente cometida es incompatible con el acto civil llevado a cabo cuando frustra la finalidad perseguida por la norma administrativa, esto es, garantizar que el producto contratado sea el adecuado para la finalidad perseguida por el cliente. Además la falta de observancia en lo establecido en las Leyes y Reglamentos respecto a la contratación que se ha llevado a cabo vacía contenido la “buena fe” contractual y la diligencia y lealtad que deben mantener las empresas en el mercado (v. art. 57 y 259 Ccom), especialmente si tenemos en cuenta que la complejidad de los mercados financieros obliga los ahorradores a buscar personas especializadas que les asesoren y gestionen sus ahorros. De modo que sí que es posible plantear la nulidad, en base a una acción principal de incumplimiento de la normativa aplicable, y otra subsidiaria por la nulidad en el consentimiento (falta de información, exceso de confianza, insuficiente explicación de los riesgos, etc.). Saludos.
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