Gastos cancelacion hipoteca

Gastos cancelacion hipoteca

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P
pituama

Hola, acabamos de liquidar nuestra hipoteca y en el banco nos recomiendan no escriturar ni registrar la nueva situación porque se nos iría a unos 600-800 euros. Parten de la base de pretender cobrarme 120 euros por ir el apoderado del banco a la firma al notario "porque ellos tarifan así" sin acreditarme que yo me haya obligado a ese desembolso. Me han firmado el certificado de deuda cero "con serias dudas de que me baste para la escritura notarial" Pretendo realizar yo las gestiones y os agradecería asesoramiento. Ahora debería ir al notario y pagar.... ¿50 euros? si pretendieran cobrarme en función del montante (54000 €) ¿cuánto podría subir? Tengo el impreso para solicitar el certificado de exención del impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados. Con esos papeles debería ir al registro de la propiedad y pagar ¿30 €?

Si para conseguir que el apoderado del banco acuda al notario para firmar la escritura de cancelación tengo que pagar esos 120 € ¿podría reclamarlos después?

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HelpMyCash
#1
Hola,

Según la nueva regulación que limita las tarifas de notarios y registradores, no deberían cobrarte en ningún caso más de 55 euros por notaría ni 24 euros por registro. Por lo demás, hemos recibido muchos quejas de usuarios enfadados por la comisión de cancelación que le cobra el banco, y las cifras bailan mucho (nos han hablado hasta de 300€), pero por lo que parece no hay un límite a estas tarifas y no creemos que puedas hacer mucho por evitarla, más allá de poner una reclamación al banco.

Un saludo y enhorabuena por haber liquidado tu hipoteca. Aunque te cobren por ello, siempre es una buena noticia ;)

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#2
P
pituama
Gracias por la respuesta.... Destripando por internet me he encontrado en la publicación del Banco de España sobre reclamaciones (año 2010) un par de párrafos que me resultan interesantes: "Comisión por emisión de un certificado preciso para el cumplimiento de una obligación legar derivada del artículo 82 de la ley hipotecaria o por la mera cancelación notarial de una hipoteca Esta comisión remunera la preparación de la documentación necesaria, a petición del cliente, para que sea la entidad la que realice las gestiones y tramitaciones precisas para la cancelación notarial de su hipoteca. Para que exista derecho al cobro por este concepto, el Servicio de Reclamaciones exige que se acredite que se ha prestado un verdadero servicio al cliente, sin que quepa incluir en este supuesto: – La entrega al cliente de la documentación justificativa de la extinción de la obligación contractual frente a la entidad (el mero otorgamiento de la carta notarial de pago o la emisión de un certificado de deuda cero), o – el simple desplazamiento del apoderado de la entidad a la notaría que, a esos efectos, indique el cliente, ya que, en estos supuestos, la actividad desarrollada no es otra cosa que el consentimiento otorgado por el acreedor hipotecario (exigido por el artículo 82 de la Ley Hipotecaria) para la cancelación de una inscripción hecha a su favor en virtud de escritura pública Comisión por preparación de la documentación para cancelación notarial de hipoteca Además de lo comentado en el punto anterior, debe recordarse que los clientes pueden llevar a cabo por sí mismos los trámites necesarios para la cancelación registral de su hipoteca, por lo que esta comisión, en cuanto retribuye un servicio opcional, normalmente no viene recogida en las escrituras de préstamo hipotecario. Dado que las entidades únicamente prestan este servicio si lo solicita su cliente (entendiendo por tal, en las cancelaciones de préstamos hipotecarios, bien el titular del préstamo, bien la persona que está interesada en esta cancelación notarial), resulta imprescindible, para que el cobro de la comisión que lo retribuye pueda considerarse procedente, que el cliente preste su consentimiento previo no solo a que la entidad realice este servicio, sino a que se le adeuden las comisiones tarifadas —y de las que se le ha informado— por este concepto." Entiendo que la reclamación procede pero no sé si de estimarla favorable el Banco de España estarían obligados a devolverme lo cobrado o más bien a acudir al notario sin cobrar la mordida porque mi consentimiento no lo pienso dar.
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HelpMyCash
#3
Por lo que indica el texto sí, el Banco de España consideraría procedente la reclamación. Te recomendamos ir en primer lugar al banco y amenazar con poner una reclamación al servicio de atención al cliente de la entidad, con estos datos en mano. Si no, deberías reclamar al Banco de España. En cuanto a si te devolverían lo cobrado, nos parece lo justo, pero lo vemos difícil, ya que la decisión del BdE no es de obligatorio cumplimiento para el banco. Te recomendamos echar un vistazo a nuestro artículo sobre cómo reclamar a un banco.

Un saludo mucha suerte

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#4
P
pituama
Muchas gracias, Me paso por el artículo sobre reclamar a mi banco. He decidido pasarme por el notario con el certificado de deuda cero este lunes. De todas formas, sigo flipando.... la notaria me quería cobrar unos 180 euros por la escritura... casi 300 si, además, lo registraban. Antes iré por la oficina de la Caja para ver su disposición a acudir a la firma en la fecha que diga el notario "de gratis". En función de su respuesta plantearé reclamación en las oficinas centrales. Agradezco sus respuestas... rápidas y concretas.
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#5
A
Anónimo
Hola, Pituama Espero nos indiques como van tus gestiones de la cancelación de Hipoteca y si realmente has podido reducir ese gasto. Yo pregunte hace unos dias cuanto me costaría cancelar una hipoteca de 18.000 euros y me pedian unos 700-800 euros en el santander. Les dije qe me parecia un robo, y qe no me interesaba por ahora cancelar en esas condiciones....
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#6
S
SIRENITA
Buenas tardes a todos Pues yo, despues de mucho lidiar con el BSCH, poner mas de diez reclamaciones telefónicas, una reclamación por escrito, con amenaza de trasladarla al BdE, etc....he conseguido que me reconozcan que esas comisiones son absolutamente ilegales, al ir contra el artículo 82 de la Ley Hipotecaria. Desde el BSCH me han indicado la devolución de las comisiones cobradas....aunque de momento no han ingresado nada en mi cuenta. Pero tened en cuenta que si el banco no os realiza ningún servicio, no puede cobrar nada en concepto de cancelación de la hipoteca
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#7
P
pituama
Finalmente, tras la queja al servicio de atención al cliente de Cajastur (ahora Liberbank) y el correspondiente recordatorio al mismo que se agotaba el plazo y me iba a la jurisdicción ordinaria, he conseguido que el banco haga las gestiones pertinentes sin abonar nada... bueno en realidad me decían que no tenían inconveniente en que yo realizara por mi cuenta las gestiones. Pero de hecho, no me han cobrado por el certificado de deuda cero y me han dado la razón para no cobrar esa comisión. Ayer mismo acudimos al banco para firmar la autorización para que la gestora del banco proceda a acudir a la notaría a firmar la escritura pública donde aparecía la coletilla "no procede cobrar nada al cliente y a poder ser con carácter de urgencia" Teníamos cuenta en una oficina y firmado el préstamo hipotecario en otra... La del préstamo es la que "se apostó" que no iban si no cobraban y ahora es la otra la que nos llama disculpándose y nos tramita lo que falta. Pero cambiaremos de banco porque a éste "ya no les resultamos interesantes como clientes", con dos nóminas y la que está cayendo. En la notaría no quise hacer provisión de fondos, pagaré cuando esté conforme con lo escrito en el documento y estoy pendiente de que me llamen pero en un primer momento hablaban de en torno a 200 euros.... Les comenté la resolución de noviembre del 2011 y me dijeron que, entonces, serían algo menos.... yo espero pagar en torno a 60 € y si no, reclamación al colegio... Está exento de impuesto de transmisiones, por ahí también es gratis Quedaría el registro que yo calculo unos 24 € si bien no me quisieron decir las tarifas por teléfono. En este caso serían menos de 100 euros y unos paseos pero Oviedo es pequeño y todo queda a mano. Espero haberte ayudado....
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#8
G
gabrielro
no me dan el certificado de deuda cero de la hipoteca del primer dueño de mi vivienda , este se la vendio a un segundo y este a mi. Por la ley prot Datos .Quiero cancelar registralmente . Que hago ?
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#9
B
begonia
Gabrielro, tal vez podrías pedir a tu vendedor que se ponga en contacto con el propietario anterior para que él pida ese certificado, que de todos modos es gratuito y no le cuesta nada. Lo veo como la manera más sencilla. Suerte!
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#10
H
Harold Bloom
Pituama, me interesaría conocer más detalles sobre cómo has resuelto el caso; nosotros estamos intentando también cancelar un préstamo hipotecario con Cajastur, ya tenemos el certificado de deuda cancelada, pero ahora Cajastur nos pide 120 € para que el apoderado vaya a dar su consentimiento al Notario para la escritura y otros 30 € de gastos de gestoría, muchas gracias
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#11
A
alcuilla
Buenas tardes, hace dos semana que formalice la escritura de cancelación de hipoteca por pago de la misma o sea que está a saldo cero, no se si se considera documento sin cuantía, y al llevarla al registro y tras realizar los trámites me dicen que son 146 euros, diez euros más que el notario, tenía entendido que el notario es más caro que el registro. La hipoteca y valor de la finca es de 135000 euros. No me debería de aplicar el cuarto tramo del arancel o sea el 0.75*1000 de 81000 euros, que es el 60 % del valor inicial y no sumarme los cuatro tramos, ya que el primer supuesto son 60 euros aprox. y el segundo 119 euros aprox., a ello se le suman los gastos de asiento y las notas marginales que son dos y creo que hay un diferencia de 46 euros de diferencia. Serían tan amable de aclararme el asunto y como se hace este calculo. Gracias.
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#12
P
pituama
citando a Harold Bloom Pituama, me interesaría conocer más detalles sobre cómo has resuelto el caso; nosotros estamos intentando también cancelar un préstamo hipotecario con...
Perdona la tardanza.... Pues presenté una queja en atención al cliente. Lo hice presencialmente en la oficina principal de Oviedo pero te recomiendo hacerlo por correo electrónico. Cuando estaba a punto de finalizar el plazo le mandé un e-mail y me respondió enseguida. Con la misma acudí a la sucursal donde firmé y donde me reclamaban los 120 € y me remitió a la oficina donde tenía la cuenta.... Varias llamadas, varias visitas, varias disculpas y firmé la solicitud para la cancelación donde constaba que era de forma gratuita y con carácter de urgencia en mayo. Mediado junio me tuve que volver a pasar porque el apoderado aún no se había pasado... habían extraviado el papel en la gestora... y me garantizaron que esa misma semana irían a la firma.... Hoy, precisamente, he hablado con la notaría y mañana paso a buscar la escritura que me va a costar 49,59 € Si te puede ayudar, tengo todos los papeles y no tendría inconveniente en compartirlos.... Mañana pienso ir a la notaría, a la Consejería de Hacienda y al Registro donde temo ya habrán subido los aranceles, Sr Rajoy mediante, desde junio de este año.... Peleando desde febrero pero va saliendo.... Lo dicho, para lo que necesites....
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#13
H
Harold Bloom
citando a pituama
citando a Harold Bloom Pituama, me interesaría conocer más detalles sobre cómo has resuelto el caso; nosotros estamos intentando también cancelar un préstamo hipotecario con...
Perdona la tardanza.... Pues presenté una queja en atención al cliente. Lo hice presencialmente en la oficina principal de...
Muchísimas gracias Pituama. Me temo que a mí me va a ocurrir algo similar... Ya tengo preparada la Memoria del Servicio de Reclamaciones del Banco de España de 2010 en la que se dice que no se incluye dentro de los servicios de gestión de cancelación notarial prestado por el banco ni la emisión del certificado de deuda cero ni el desplazamiento del apoderado a la notaría que indique el cliente, "ya que la actividad desarrollada no es otra cosa que el consentimiento otorgado por el acreedor hipotecario (exigido por el artículo 82 de la Ley Hipotecaria) para la cancelación de una inscripción hecha a su favor en virtud de escritura pública". Muchas gracias otra vez, saludos
#14
S
Silper
Buenos días, el banco me ha hecho firmar la solicitud de cancelación notarial de hipoteca donde pone que tengo que pagar en concepto de comisión por cancelación notarial de hipoteca 90 euros + iva. ¿es eso legal? Por otra parte, ¿dónde puedo ver los tramos de los aranceles que tiene que cobrar el notario a partir del Real Decreto-ley 18/2012? Gracias,
#15
P
pituama
Hola, finalmente he acabado con los trámites. Hoy he ido a buscar la escritura al registro de la propiedad y ya está todo listo. Gastos: Banco: nada más que los gastos por cancelación que estaban acordados (1%) Notaria: 49,59 € Consejería de Hacienda: nada porque está exento del impuesto de actos jurídicos documentados- Registro de la propiedad: 67,28 € En total: 116,87€. Menos de lo que me pedía el banco por nada pero más de lo que tenía pensado en el trámite del registro... Un saludo.
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#16
H
Harold Bloom
citando a pituama Hola, finalmente he acabado con los trámites. Hoy he ido a buscar la escritura al registro de la propiedad y ya está todo listo. Gastos: B...
Muchas gracias pituama, a ver si los demás podemos conseguirlo también, saludos
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#17
M
melenas
Hola, Hoy he empezado yo a realizar el tramite. Creo que va a ser largo... Lo primero que he hecho es informarme bien por internet con los comentarios en este y otros foros. Creo que estoy bien informado e iba bien preparado. Pues bien, la primera en la frente. Esta mañana entro en la oficina del BBVA y pido el certificado de saldo cero. Logicamente me piden 90 euros. Como iba preparado le saco su libro de tarifas donde indica que es cero euros. Ellos tambien estaban preparados. Me responden que muy bien, pero que el gratuito no lleva los datos registrales, y que no va a servir para el notario. Que son 90 euros porque lleva los datos registrales. Me quedo perplejo sin saber que responder. Lo unico que hago es decirle que me voy a informar y que volvere. ¿Alguien sabe si esto es verdad? Muchas gracias por vuestra ayuda.
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#18
A
Anónimo
Increíble!! Se las saben todas... pero, en su libro de tarifas pone dos tipos de certificados de saldo cero, uno con los datos registrales y otro sin ellos? Yo lo comprobaría. Si en su libro de tarifas no pone que vale 90€, yo reclamaría al servicio de atención al cliente... pero parece que tendrás que pagarlos porque no te queda otra opción (los bancos saben bien que no vas a contratar a un abogado por 90 euros). Suerte!
#19
M
melenas
He pensado hacer una reclamacion de la siguiente manera: ¿Que os parece? RECLAMACIÓN AL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DEL BBVA xxxxxxx, __ de ________ 2012 Yo, xxxxxxxxxxxxxxxx, con DNI xxxxxxxxxxxxxx, he solicitado esta mañana en su oficina número xxxx de Sevilla capital, al empleado D/Dª _______________________, la emisión de un certificado de saldo cero para mi préstamo hipotecario número xxxxxxxxxxxxxx. He solicitado que dicho certificado sea "según normativa", o sea, que incluya los datos registrales que exigen el Notario y el Registro, para el cumplimiento de una obligación legal derivada del artículo 82 de la Ley Hipotecaria. También solicito la presencia del apoderado designado por BBVA cuando lo solicite el Notario, para la firma de la escritura de cancelación de la hipoteca. Ante mi sorpresa se me informa que el coste de lo que pido son 90 euros. Mi respuesta es que ha de ser de 0 euros por los motivos que expongo a continuación: En su libro de tarifas presentados ante el Banco de España y situado en su web (epígrafe 62 -gastos de gestión e información- y epígrafe 18 -servicios prestados diversos-) se detalla: "no se percibirá (comisión por expedir certificado) en aquellos casos en que se realice en cumplimiento de algún precepto normativo, ni cuando se expidan certificados de saldo cero". En la memoria del Servicio de Reclamaciones del Banco de España del 2010 (pág. 89 y 90) se explica claramente que la expedición del certificado preciso para el cumplimiento de una obligación legal derivada del artículo 82 de la Ley Hipotecaria, no debe generar un cobro por la entidad. En dicha memoria también se explica que la actividad de la firma del apoderado ante el notario: "no es otra cosa que el consentimiento otorgado por el acreedor hipotecario (exigido por el artículo 82 de la Ley Hipotecaria) para la cancelación de una inscripción hecha a su favor en virtud de escritura pública". Por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITO la entrega del certificado solicitado, conforme a la normativa, y la presencia del apoderado designado por la entidad cuando el Notario lo solicite para la firma de la escritura de la cancelación de la hipoteca. Fdo. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
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#20
B
belholis
Hola, he encontrado esta página porque tambien estoy teniendo problemas para cancelar un préstamo, que me venció en Julio, y desde esa fecha estoy pidiendo los papeles para gestionar yo la cancelación, no sabía que era lo que tenía que hacer, y poco a poco ya sé lo que he de hacer, pues bueno, para pedir el certificado de saldo cero, me estan poniendo pegas desde Julio, porque si tengo que tener notario que se lo tengo que dejar a su notario, en fin, que ya despues de la tercera vez que he ido hoy, 29 octubre, he dicho que lo hacía con ellos, porque sino es que no voy a poder cancelarlo, y despues de haber firmado los papeles, y de llegar a casa he llamado al registro de la propiedad y a un notario, y con las mismas me he vuelto a ir al banco a cancelar lo que había acordado con ellos y a decirles que si no me dan el certificado de saldo cero, y que yo gestionaré lo demás, les voy a poner una reclamación, porque ya está bien que por un simple papel que tienen que hacer, la de problemas que me están generando,,,,,,una cosa me han comentado que me van a cobrar 106 euros, eso es así,??? por ese certificado cobran???, he creido entender en una de las respuestas que no deberían de cobrar, me lo podeis aclarar, porque si me cobran lo que no deben cobrarme los voy a poner una reclamación, estoy hasta el gorro de tanto estafador por todos lados.....lo siento, tenía que decirlo, podreis aconsejarme por favor??? Gracias
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