
El pasado 4 de febrero, la juez Miriam Iglesias del Juzgado de lo Mercantil Número 11 de Madrid aceptó a trámite una demanda colectiva contra 45 entidades bancarias que incluyen en sus contratos la famosa ‘cláusula suelo’.
Se trata de la mayor demanda colectiva contra bancos y cajas llevada a cabo en España, capitaneada por la asociación de consumidores ADICAE, quien solicita además de compensación para los afectados, que se tome la medida cautelar de dejar de incluir esta cláusula en los contratos hipotecarios.
Cabe decir que solo en el 2010, las entidades españolas recaudaron entre 3.500 y 7.000 millones de euros a través de este ‘suelo’ o interés mínimo, que puede alcanzar el 3,5%, 4% y hasta el 5% en unos 3,8 millones de contratos hipotecarios, según un informe del Banco de España.
Lo que se considera más abusivo de estos contratos es, por un lado, la ausencia de ‘techo’ o interés máximo proporcionado que pudiera proteger a los hipotecados de una subida del Euribor y, por otro, que estos suelos se hayan impuesto en tiempos de Euribor bajo. A pesar de ello, el Banco de España mantiene su postura de ver completamente legal esta práctica al considerar que forman parte de un pacto voluntario entre cliente y banco, y que la oferta del mercado deja a los clientes suficiente libertad de elección de ofertas.
Pero la principal y más interesante noticia del caso es que se ha abierto un plazo de 2 meses para que cualquier persona que se vea afectada por esta situación pueda sumarse al proceso ya en curso y conseguir justicia para su caso.
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